La documentación requerida del titular y trabajadores que no fuera presentada o fuera insuficiente será objeto de requerimiento para que en plazo de 10 días hábiles desde la recepción de la notificación de requerimiento sea subsanada, transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado o insuficiente, se podrá desestimar la solicitud de renovación (Ley 39/2015).
En todo caso, el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid podrá requerir cualquier otro documento que considere oportuno para dictaminar la resolución de este procedimiento de renovación de la autorización de venta ambulante (Ley 39/2015).