TRÁMITES Y SERVICIOS

Solicitud de acceso a la prestación de los servicios de Emprendimiento del Centro de Iniciativas Empresariales de Rivas Vaciamadrid

La solicitud del uso de los servicios de emprendimiento ofertados por el Centro de Iniciativas Empresariales del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, (en adelante Centro), se puede realizar por parte de las personas físicas y jurídicas, que tengan la condición de pequeña o mediana empresa, (en adelante, PYMES) , según los criterios oficial y legalmente establecidos en cada momento, que establezcan sus iniciativas emprendedoras en el citado Centro.

A los efectos anteriores, quedan excluidas de los servicios de emprendimiento del Centro las iniciativas empresariales que no puedan ser consideradas como PYMES, ni aquellas empresas asociadas o vinculadas.

La fórmula de solicitud de acceso abarca tanto a las solicitudes presentadas por personas que realicen o vayan a realizar su actividad en virtud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores/as Autónomos/as o por cuenta propia, como de sociedades constituidas o que vayan a constituirse e inscribirse en el registro procedente cualquiera que sea su forma jurídica, incluida las sociedades cooperativas y laborales, propias de la economía social.

 

Acceder al servicio

En todos los casos:

  • DNI de las personas promotoras de la solicitud, o NIE en el caso de ciudadanos/as de la Unión Europea. Tratándose de ciudadanos/as de terceros países se acreditará el NIE y el permiso de trabajo que corresponda.
  • Plan de Empresa según modelo establecido por el Ayuntamiento o cualquier otro formato que recoja debidamente todos los aspectos que son objeto de valoración, de conformidad con el baremo de puntuación del anexo I.
  • Curriculum Vitae y vida laboral de las personas promotoras.
  • Documentación correspondiente  a las titulaciones indicadas en el Anexo I, en referencia a la formación técnica de las personas promotoras

Adicionalmente en el caso de personas autónomas o por cuenta propia o PYMES ya constituidas:

  • Escritura pública y estatutos de la sociedad correspondiente, e inscripción en el Registro competente, así como el CIF definitivo de la empresa.
  • DNI de la/s persona/s que actúen en calidad de representantes, o NIE en el caso de ciudadanos/as de la Unión Europea, tratándose de ciudadanos/as de terceros países, se acreditará el NIE y el permiso de trabajo que corresponda.
  • Alta censal de inicio de actividad con la diligencia de presentación en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Modelo 036 o certificado censal actualizado.
  • Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, debidamente diligenciado o documento de alta en Seguridad Social, en caso de iniciativas cuyos miembros no estén obligados a figurar en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y elijan alternativamente estar inscritos en el Régimen General de la Seguridad Social, cuando corresponda, así como el justificante de pago del último recibo.
  • Acreditación de estar al corriente de pagos en materia tributaria y con la Seguridad Social. Este extremo deberá acreditarse en caso de PYMES, tanto de la sociedad como de las personas administradoras de la misma.

   En el supuesto de iniciativas empresariales aún no constituidas, esta documentación deberá completarse, en todo caso, antes de la firma del contrato de servicios de emprendimiento del Centro previo a la adquisición del derecho de acceso a los mismos.

    El plan de empresa se puede presentar según el modelo anterior o cualquier otro formato que recoja debidamente todos los aspectos que son objeto de valoración, de conformidad con el baremos de puntuación del Anexo I.

  1. Presentar la solicitud para su registro por uno de los siguientes medios:
    • Tramitación electrónicaPinche en el botón “Acceder al Servicio”. Debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve. Si no lo tuviera, puede acceder al siguiente enlace para solicitud de certificado digital: https://www.rivasciudad.es/tramite/solicitud-certificado-digital-fabrica-nacional-de-moneda-y-timbre/
      • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación requerida para este trámite, incluidos los justificantes de pago de las tasas y/o impuestos autoliquidados (si fuera necesario).
    • Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía:
      • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
      • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
        • 91 670 00 00
        • 010 (teléfono de facturación especial)
    • Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
      • Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
      • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
      • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
      • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
      • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Requisitos de los usuarios de los servicios de emprendimiento.

  • Podrán ser personas usuarias de los servicios de emprendimiento, las personas físicas o jurídicas, que tengan la condición de PYMES, con o sin asalariados, en los términos del artículo 1º , y que cuenten con un proyecto empresarial viable, plasmado en un Plan de Empresa.

En el caso de PYMES, los servicios se prestarán a las personas físicas que figuren como promotoras de la misma, y siempre que actúen o vayan a actuar en calidad de personas administradoras.

Ninguna de las personas físicas promotoras, ya sea personas autónomas o administradoras de la PYME, debe haber formado parte con anterioridad en una iniciativa empresarial alojada en el Centro de Iniciativas Empresariales, en el término de los cuatro últimos años, a contar desde la fecha de extinción del contrato o baja de la persona promotora en la iniciativa y hasta la fecha de presentación de la nueva solicitud de acceso al contrato de servicios de emprendimiento.

  • Los proyectos empresariales han de ser nuevos o de reciente creación, considerando 24 meses como la antigüedad máxima a contar desde la fecha de inicio de la actividad , según el modelo de alta censal en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, como máximo, hasta la fecha de presentación de la solicitud en el registro correspondiente.

 

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