- La falta de pago, determinará la no prestación del servicio solicitado.
- A la solicitud de inscripción habrá de acompañarse, en todo caso, copia de la autoliquidación, debidamente ingresada.
- Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, el servicio público solicitado que constituye el hecho imponible de la tasa no se realice, procederá la devolución del importe correspondiente.
Se entenderá caducada toda concesión o licencia temporal cuya renovación no se solicite dentro de los tres meses siguientes a la fecha de su terminación, quedando en dicho caso facultado el Ayuntamiento para trasladar los restos al lugar designado al efecto.
Si por el contrario hubiese renovación, se devengarán las cuotas adicionales que correspondan con arreglo a la tarifa.