TRÁMITES Y SERVICIOS

Reclamaciones OMIC – Reclamaciones Consumo

La oficina Municipal de Información al Consumidor de Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, realiza las gestiones de reclamaciones y denuncias de la ciudadanía de nuestro Municipio ante una empresa o profesional.

Reclamación es una comunicación que la persona consumidora dirige a la OMIC, ante un conflicto o desacuerdo con una empresa o profesional que le ha vendido el producto o prestado el servicio.

Denuncia es una comunicación que una persona consumidora dirige a la OMIC, para informarle acerca de unos hechos que pueden constituir una infracción administrativa en materia de consumo, sin que pretenda obtener una solución, compensación o resarcimiento de daños en particular.

Acceder al servicio
  • Formulario de reclamación o escrito en el que el consumidor relata los hechos que constituyen su reclamación y expone su pretensión.
  • Copia de la documentación acreditativa de los hechos (factura, contratos, publicidad y demás documentación relacionada con los hechos objeto de reclamación).
  1. Presentar la solicitud para su registro por uno de los siguientes medios:
    • Tramitación electrónica: Pinche en el botón “Acceder al Servicio”. Debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve. Si no lo tuviera, puede acceder al siguiente enlace para solicitud de certificado digital: https://www.rivasciudad.es/tramite/solicitud-certificado-digital-fabrica-nacional-de-moneda-y-timbre/
      • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación requerida para este trámite.
    • Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía:
      • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
      • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
        • 91 670 00 00
        • 010 (teléfono de facturación especial)
    • Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
      • Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
      • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
      • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
      • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
      • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

La OMIC da traslado de la reclamación a la parte empresarial y efectúa el intento de mediación, de modo que la reclamada pueda proponer una solución al problema planteado por la persona consumidora.

El resultado de la mediación tiene la eficacia de un acuerdo entre las partes.

Si la OMIC observa indicios de infracción en los hechos que motivaron la reclamación, dará traslado de los mismos a la inspección de consumo para su comprobación efectiva y, en su caso, la instrucción del correspondiente procedimiento sancionador.

Sólo pueden presentar reclamaciones en la OMIC los consumidores finales, que son  las personas físicas o jurídicas (comunidades de propietarios, asociaciones, etc.) que actúan en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional.

  • No tienen la consideración de consumidores finales quienes compran, almacenan, utilizan o consumen bienes o servicios con el fin de integrarlos en el proceso de producción, transformación, comercialización o prestación a terceros.

 

Normativas que lo regulan:

Boletín Oficial del Estado:

Legislación de la Comunidad de Madrid:

 

 

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