Puede realizar la autoliquidación del ICIO a través de la OVT.
Para ello debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve.
Para acceder a la OVT, puede hacerlo:
- Desde la página web www.rivasciudad.es y pinchar en la casilla “Oficina Virtual Tributaria”.
- O puede entrar directamente a través de "Acceder al Servicio".
Dentro de la OVT siga los siguientes pasos:
- Simulardor del Impuesto de Obras (ICIO)
- No es necesario rellenar el dato de referencia catastral.
- El nº de licencia de obras, solamente si se dispone de ese dato. Si se está solicitando la obra por primera vez, el contribuyente no tiene nº de licencia aún.
- La fecha de inicio de obras, es un campo obligatoria, poner alguna fecha aunque no se sepa con seguridad.
- En la base imponible indicar la cantidad que resulte de aplicar el módulo correspondiente en la Ordenanza Fiscal.
- A continuación se pincha en “genérico” y ya aplica el tipo impositivo y la cuota.
- Hay un desplegable de bonificaciones, si proceden.
- Se realiza el cálculo automáticamente y se genera el documento de pago para realizarlo con tarjeta o se podrá descargar el documento para acudir a cualquier entidad bancaria colaboradora para pagar.
Por último, pinchar Calcular, Autoliquidar, Confirmar y Pagar.
Importante: Todas las autoliquidaciones serán revisadas. Si de una autoliquidación surgiera una liquidación complementaria, se emitirá esta sin recargos ni intereses de demora.
EL PAGO DEL IMPUESTO NO SUPONE LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD.
Una vez realizado el pago del impuesto y/o tasas correspondientes, se ha de presentar la solicitud junto con la documentación requerida y el justificante generado de los pagos realizados en la Oficina Virtual Tributaria. Ver apartado "¿COMO SE TRAMITA?"