TRÁMITES Y SERVICIOS

Matrimonio civil en el Ayuntamiento.

El servicio municipal de matrimonios civiles atenderá presencialmente con cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/cita-matrimonios-civiles, y serán atendidos en el Servicio de Atención a la Ciudadanía (Plaza de la Constitución, 1 - 28522) de 09.00 a 14.00h de lunes a viernes.

El matrimonio civil se podrá celebrar en uno de los siguientes equipamientos:

  • En la sala de bodas del Edificio de Servicios Administrativos (planta -1) de la plaza de la Constitución,1
  • En la sala del Edificio Atrio (planta -1) en la avenida de José Hierro, 36.

Fechas y horarios de celebraciones:

  • Viernes: 12:30, 13:00 y 13:30 horas. Tardes: 17:30, 18:00 y 18:30 horas
  • Sábados: 12:30, 13:00 y 13:30 horas
  • En los días festivos y durante todo el mes de agosto no se celebran matrimonios civiles.

 

NOTA IMPORTANTE:

El día de la cita deberán tener iniciado y/o terminado el Expediente Matrimonial en el Juzgado, y traer fotocopia de documentos de identificación (DNI o PASAPORTE) de los contrayentes y de los testigos.

 

Acceder al servicio
  • Fotocopia de los documentos de identidad, pasaporte o permiso de residencia de las personas contrayentes.
  • Fotocopia de los documentos de identidad, pasaporte o permiso de residencia de dos testigos que estarán presentes en la ceremonia (deberán ser mayores de 18 años)
  • Justificante del pago de la tasa:
    • El personal del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid que les atienda en la cita previa les facilitará el impreso para el pago de las tasas; este documento de pago deberá indicar la fecha y hora de celebración del matrimonio civil.
    • Empadronados en Rivas: 90 € (Viernes), 120 € (Sábados). Antigüedad mínima de 6 meses.
    • No Empadronados en Rivas: 300 € (Viernes), 400 € (Sábados)
    • Las tasas podrán pagarse  en Sede Electrónica de la página web: https://tributos.rivasciudad.es/

La devolución del importe de tasas por matrimonio civil en el caso de no celebrarse se ajustará a la normativa de la Ordenanza Fiscal correspondiente

  1. Solicitar cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/cita-matrimonios-civiles, y serán atendidos en el Servicio de Atención a la Ciudadanía (Plaza de la Constitución, 1 - 28522) de 09.00 a 14.00h de lunes a viernes.
  2. Realizar la autoliquidación de la tasa.
    • A través de la OVT.
      • https://tributos.rivasciudad.es/
      • Desde aquí puede:
        • Pagar
        • Generar documento de pago y acudir a cualquiera de las Entidades bancarias colaboradoras: CaixaBank, BBVA, Santander, Sabadell y Unicaja Banco.
    • Para incidencias relacionadas con el pago de la tasa envíe un correo electrónico gtributaria@rivasciudad.es le requerirán una serie de datos y le emitirán la autoliquidación, para posteriormente poder pagarla.
  3. Presentar la solicitud para su registro por uno de los siguientes medios:
    • Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía:
      • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
      • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
        • 91 670 00 00
        • 010 (teléfono de facturación especial).
  • Empadronados en Rivas: 90 € (Viernes), 120 € (Sábados). Antigüedad mínima de 6 meses.
  • No Empadronados en Rivas: 300 € (Viernes), 400 € (Sábados)
  • Las tasas podrán pagarse  en Sede Electrónica de la página web: https://tributos.rivasciudad.es/

Para celebrar el matrimonio civil deberá  tener el expediente matrimonial ya finalizado al menos una semana antes de la ceremonia. En caso contrario, no se podrá realizar la celebración.

El expediente caduca al año si no se contrae matrimonio.

Lugar de celebración:

  • Sala Pedro Zerolo situada en el Edificio de Servicios Administrativos.
  • En la sala del Edificio Atrio (planta -1) en la avenida de José Hierro, 36.

Contenido del acto:

Lectura de los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil.

Manifestación del consentimiento de contraer matrimonio por ambos cónyuges y declaración de la unión matrimonial por el alcalde o concejal/la delegado/a.

Firma del acta matrimonial por el alcalde o concejal/la delegado/a, contrayentes y testigos. Se hará entrega  de una copia del acta a las personas contrayentes como justificantes del matrimonio. El original se remitirá por parte del Ayuntamiento al Registro Civil de Rivas Vaciamadrid para la emisión del correspondiente Libro de Familia. El personal administrativo que tramita la celebración del acto y el personal de Servicio de Atención a la Ciudadanía podrán facilitar justificante de asistencia al mismo.

Normas de utilización de las instalaciones municipales:

Las personas contrayentes podrán personalizar parte de la celebración previo aviso al Concejal/la Delegado/a, el mismo día de la ceremonia: lecturas, música (tendrán que llevar su propio equipo de sonido), intercambio de alianzas, así como decoración de la sala (las flores no se podrán poner hasta unos minutos antes de la celebración y deberán retirarse una vez terminada la ceremonia).

Queda rigurosamente prohibido arrojar arroz, confeti o similares dentro del edificio municipal.

Consulte el siguiente documento para información más detallada:

INFORMACION MATRIMONIO CIVIL 

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