TRÁMITES Y SERVICIOS

Justificación ANEXO X “Una Navidad de Cuento” convenios AMPAS/AFAS

La campaña “Una Navidad de Cuento”, se acuerda a través de la firma del Anexo X contemplado en el Convenio de colaboración entre las AMPAS/AFAS y el Ayuntamiento para la entrega de libros y/o dotaciones para la Biblioteca de los centros educativos sostenidos con fondos públicos del municipio.
Estos importes han de ser justificados a finales del año natural en curso, y la documentación justificativa, así como los anexos al convenio debidamente cumplimentados son enviados de manera telemática.

Acceder al servicio
Debe aportarse La siguiente documentación :
  • Anexo II: completado y firmado (documento adjunto).
  • Anexo X:  firmado (el propio de cada entidad que recoge su Convenio).
  • Factura y justificante de pago compra de libros en un solo archivo.
  • Desde el momento que se realice la compra y hasta la fecha límite que es el 30 de diciembre del año de la firma del convenio.

Presentar la solicitud por uno de los siguientes medios:

  1. Tramitación electrónicaPinche en el botón “Acceder al Servicio”. Debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve. Si no lo tuviera, puede acceder al siguiente enlace para solicitud de certificado digital: https://www.rivasciudad.es/tramite/solicitud-certificado-digital-fabrica-nacional-de-moneda-y-timbre/
    • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación requerida para este trámite.
  2. Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía:
    • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
    • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
    • 91 670 00 00
    • 010 (teléfono de facturación especial).
  3. Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    • Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
      • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
      • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
      • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
      • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

NORMATIVA REGULADORA:

  • Constitución Española 1978

https://www.boe.es/buscar/pdf/1978/BOE-A-1978-31229-consolidado.pdf

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (art. 86)

https://www.boe.es/eli/es/l/2015/10/01/39/con

  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:

https://www.boe.es/eli/es/l/2015/10/01/40/con

  • Ley 7/1985, de 2 de abril (art. 25.1):

https://www.boe.es/eli/es/l/1985/04/02/7/con

  • Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (art. 122.3)

https://www.boe.es/eli/es/lo/2020/12/29/3

  • Educacion, Infancia y Juventud
  • BUSCAR TRÁMITES

    ACCESOS DESTACADOS

    TRANSPARENCIA

    RIVAS AL DÍA

    RIVAS CULTURAL

    OFICINAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA

    SUBIR