TRÁMITES Y SERVICIOS

Alta en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Se deben dar de alta en el impuesto municipal, los vehículos nuevos y los vehículos que se matriculan por primera vez en España.

Requisitos:

  • Personas físicas: estar empadronado en el municipio.
  • Personas jurídicas: constar un domicilio de Rivas Vaciamadrid en su C.I.F
Acceder al servicio

Consultar la Ordenanza, disponible en el apartado "Legislación".

  1. Debe realizar la autoliquidación del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, y la puede realizar de dos maneras:
    • Pinchar "Acceder al servicio" de la autoliquidación.
    • A través de la  Oficina Virtual Tributaria (OVT), desde la opción: "He comprado un vehículo y quiero hacer la declaración y el pago del tributo".
  2. Con la copia de la autoliquidación abonada, debe dirigirse a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid para gestionar el Permiso de Circulación.
  3. Una vez matriculado el vehículo, deberá presentar fotocopia de la Autoliquidación sellada por la Jefatura Provincial de Tráfico con la matrícula adjudicada en el Registro del Ayuntamiento de Rivas por uno de los siguientes medios:
    1. Registro Electrónico https://www.rivasciudad.es/tramite/registro-electronico/
    2. Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía.
      • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
      • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
        • 91660 27 00
        • 010 (teléfono de facturación especial)
    3. Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
      • Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
        • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
        • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
        • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
        • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
        • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

TURISMOS

  • De menos de 8 caballos fiscales: 19,00 €.
  • De 8 hasta 11,99 caballos fiscales: 55,00 €.
  • De 12 hasta 15,99 caballos fiscales: 123,00 €.
  • De 16 hasta 19,99 caballos fiscales: 166,00 €.
  • De 20 caballos fiscales en adelante: 223,00 €.

AUTOBUSES

  • De menos de 21 plazas: 140,00 €.
  • De 21 a 50 plazas: 205,00 €.
  • De más de 50 plazas: 275,00 e.

CAMIONES

  • De menos de 1.000 Kg de carga útil: 67,00 e.
  • De 1.000 Kg a 2.999 Kg de carga útil: 140,00 €.
  • De más de 2.999 Kg a 9.999 de carga útil: 210,00 €.
  • De más de 9.999 de carga útil: 285,00 €.

TRACTORES

  • De menos de 16 caballos fiscales: 28,00 €.
  • De 16 a 25 caballos fiscales: 48,00 €.
  • De más de 25 caballos fiscales: 150,00 €.

REMOLQUES Y SEMI-REMOLQUES ARRASTRADOS POR VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

  • De 750,01 kg A 999,99 kg de carga útil: 28,00 €.
  • De 1.000 kg A 2.999 kg de carga útil: 48,00 €.
  • De más de  2.999,99 kg de carga útil: 150,00 €.

OTROS VEHÍCULOS

  • Ciclomotores: 7:00 €.
  • Motocicletas:
    • Hasta 125 CC.: 7:00 h.
    • De más de 125 CC. hasta 250 CC: 13:00 €.
    • De más de 250 CC. hasta 500 CC: 28:00 €.
    • De más de 500 CC. hasta 1.000 CC: 58:00 €.
    • Más de 1.000 CC.: 120,50 €.

Consulte (en el apartado "Información relacionada") si puede beneficiarse de alguna bonificación o exención en el Impuesto.

Puede domiciliar sus impuestos y/o acogerse al Sistema Especial de Pagos (trámites disponibles en el apartado "Información relacionada")

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