TRÁMITES Y SERVICIOS

Declaración Responsable de Puesta en funcionamiento (DRPF)

Son objeto de este procedimiento, las siguientes:

  • Reguladas en la Ley 2/2002, de 19 de junio de Evaluación ambiental de la Comunidad de Madrid, y/o autorización Ambiental Integrada, siempre, que, en ambos casos, no estén incluidas en la Ley 2/2012 de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid
  • Actividades de garajes aparcamientos comunitarios y piscinas de uso colectivo
  • De forma general, todas las actividades, no incluidas en la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y Determinados Servicios y, asimismo, mediante Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid (o normativas que las sustituyan o complementen), y las que supongan un riesgo por motivos de seguridad, salubridad o protección de la salud de las personas y protección del medio ambiente.
Acceder al servicio
  1. Impreso de liquidación de las tasas correspondientes. MODELO 325.
  2. Instancia, según el modelo normalizado que en cada momento determine el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, de Declaración Responsable de Puesta en Funcionamiento, firmada por el titular, indicando que dispone de todas las autorizaciones, en materia de seguridad, sanitaria y salud pública y de protección del medio ambiente, contrato de arrendamiento o escritura de compra-venta del local, establecimiento, edificio o parcela, que ha obtenido la Licencia Urbanística de Obras, o Declaración Responsable de Actividad, según proceda, así como que dispone de los contratos de mantenimiento de las instalaciones que así se determinen en la reglamentación sectorial de aplicación, y que sean necesarias para el desarrollo de su actividad tanto a nivel Estatal, Autonómico y Municipal. Entre otros plan de autoprotección, para aquellas actividades que estén obligadas a su presentación, según la legislación vigente, póliza de seguros en vigor de responsabilidad civil y de riesgo de incendios, (solo para actividades incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de Julio de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid), dictámenes de autorización de las instalaciones eléctricas, contra incendios, gas, climatización, registros sanitarios, cursos de formación en materia de manipulación de alimentos, certificados de desinfección, desinfectación y desratización de su local, contratos con gestores de recogida de residuos, certificados de las mediciones acústicas según lo establecido en la ordenanza de prevención de ruidos y vibraciones en vigor, registros y autorizaciones medioambientales, etc, y demás requisitos que requiera la normativa de aplicación.
  1. Fotocopia de la Declaración de Alta en el impuesto de actividades económicas (cuando este sea obligatorio), o en su defecto fotocopia de la Declaración Censal correspondiente, indicando los epígrafes que se correspondan con la licencia solicitada.
  2. Fotocopia de la Licencia Urbanística de Obras (APO), o Declaración Responsable de Actividad (DRA), según proceda, cuando la implantación de la actividad, conlleve realización de obras. En caso contrario deberá aportar declaración jurada firmada por el titular de la actividad indicando que en el local donde se pretende implantar su actividad no se ha realizado ninguna obra respecto al estado anterior legalizado.
  3. Fotocopia de la Declaración Responsable de Primera Ocupación cuando se trate de obra de nueva planta.
  4. Certificado final de Dirección Técnica del proyecto de instalaciones, previamente presentado y autorizado para la obtención de la Licencia Urbanística de Actividad (APA) o Declaración Responsable de Actividad, (DRA), según proceda, firmado por el técnico competente encargado de dicha dirección, y visado por su colegio profesional correspondiente (cuando el visado sea obligatorio), en el que se refleje que las mismas se han ejecutado conforme al proyecto, presentado y aprobado, que sirvió para obtener la Licencia Urbanística de Actividad (APA) o Declaración Responsable de Actividad, (DRA), según proceda, que las medidas correctoras impuestas fueron adoptadas, que cumplen las disposiciones vigentes en materia de Seguridad, Salud, Protección del Medio Ambiente y Protección de los trabajadores, que se han realizado las pruebas pertinentes y que se han obtenido resultados favorables de funcionamiento.
  5. Documentación que se haya indicado en el informe técnico sanitario y/o informe técnico ambiental, informe de evaluación ambiental o declaración de impacto ambiental, según proceda.

La tramitación del procedimiento será de acuerdo a lo regulado en la Ley de Procedimiento Administrativo Común (ley 39/2015), las Ordenanzas Municipales y el resto de la normativa sectorial que resulte de aplicación.

LA PERSONA INTERESADA podrá empezar a ejercer su ACTIVIDAD, desde el momento en que sea efectiva la presentación de la solicitud y la documentación preceptiva COMPLETA (DRPF) en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid, en las formas establecidas en la Ley 39/2015 y las Ordenanzas Municipales

Cuando la presentación de la solicitud  y la documentación preceptiva sea incompleta o sean observadas deficiencias, LA PERSONA INTERESADA podrá ser tenida por desistida en el procedimiento, en la forma y de acuerdo con lo establecido en el art. 68 de la LEY 39/2015 LPAC.

La resolución definitiva del procedimiento establecerá la CONFORMIDAD de la DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PUESTA EN FUNCIONAMIENTO (DRPF), en los términos y de acuerdo con la normativa sectorial, y previa inspección de los Servicios Técnicos Municipales, en aquellos casos oportunos.

Los Servicios Técnicos Municipales podrán ejercer el control y realizar las inspecciones que se estimen oportunas de acuerdo con la Legislación y las ordenanzas municipales.

El órgano competente para resolver será el CONCEJAL DELEGADO O CONCEJALA DELEGADA DE URBANISMO Y VIVIENDA.

En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación urbanística y sectorial de aplicación.

  1. En primer lugar debe realizar una autoliquidación de la tasa y/o impuesto.
    • A través de la OVT.
      • https://tributos.rivasciudad.es/
      • Desde aquí puede:
        • Pagar
        • Generar documento de pago y acudir a cualquiera de las Entidades bancarias colaboradoras: Caixabank, BBVA, Santander, Sabadell y Unicaja Banco.
    • Para incidencias relacionadas con el pago de la tasa envíe un correo electrónico gtributaria@rivasciudad.es le requerirán una serie de datos y le emitirán la autoliquidación, para posteriormente poder pagarla.
    • Si su trámite no requiere pago realice directamente su presentación.
  2. Presentar la solicitud para su registro por uno de los siguientes medios:
    • Tramitación electrónica: Pinche en el botón “Acceder al Servicio”. Debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve. Si no lo tuviera, puede acceder al siguiente enlace para solicitud de certificado digital: https://www.rivasciudad.es/tramite/solicitud-certificado-digital-fabrica-nacional-de-moneda-y-timbre/
      • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación requerida para este trámite, incluidos los justificantes de pago de las tasas y/o impuestos autoliquidados.
    • Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía:
      • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
      • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
        • 91 670 00 00
        • 010 (teléfono de facturación especial)
    • Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
      • Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
      • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
      • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
      • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
      • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

De acuerdo con las ordenanzas Fiscales en vigor se deberán abonar las tasas mediante Autoliquidación estableciéndose los siguientes módulos:

AUTORIZACIÓN PREVIA. LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO/PUESTA EN FUNCIONAMIENTO 
Locales, establecimientos, o parcelas con superficie útilTASA (€)
Hasta 10 m²100
De más de 10 m² hasta 25 m²200
De más de 25 m² hasta 50 m²300
De más de 50 m² hasta 100 m²400
De más de 100 m² hasta 200 m²500
De más de 200 m² hasta 400 m²600
De más de 400 m² hasta 600 m²700
De más de 600 m² hasta 800 m²800
De más de 800 m² hasta 1.000 m²900
Más de 1.000 m²Se sumará 1 €/m² adicional
Tarifa mínima100 €

Según lo establecido en la Ley 1/2020, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, para el impulso y reactivación de la actividad urbanística, será objeto el procedimiento de DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PUESTA EN FUNCIONAMIENTO (DRPF) en la siguiente forma:

El ámbito de aplicación será el término municipal de Rivas Vaciamadrid.

Toda aquella actividad industrial, mercantil o profesional que consiste en la producción de bienes o prestación de servicios sujeta a los medios de Intervención Municipal conforme a lo previsto en el artículo 22.1 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.

El procedimiento de Declaración Responsable de Puesta en Funcionamiento consiste en la presentación fehaciente de documentos/s suscritos por la persona interesada (física, jurídica o sin personalidad jurídica) en el que se declara, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad, o para su ejercicio, disponiendo de la documentación administrativa y técnica que así lo acredite y que se compromete a su cumplimiento durante el período de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio, así como a comunicar las posibles modificaciones que pueda efectuar en las condiciones en las que se ejerce la actividad.

Para poder solicitar la Declaración Responsable de Puesta  en Funcionamiento, (DRPF), deberá tener previamente otorgada la “LICENCIA URBANISTICA DE ACTIVIDAD” (ver Trámite APA), o en su caso, haber presentado la Declaración Responsable de Actividad (ver Trámite DRA), según proceda en un caso u otro.

Los Servicios Técnicos Municipales podrán ejercer el control y realizar las inspecciones que se estimen oportunas de acuerdo con la Legislación y las ordenanzas municipales.

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