El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid establece que se debe comunicar la apertura de piscinas comunitarias con el fin de reducir el riesgo de accidentes y posibles enfermedades asociadas al uso y disfrute de las piscinas, se debe comunicar la apertura de piscinas comunitarias, para que el personal inspector-sanitario municipal compruebe que las mismas funcionen y son mantenidas de forma correcta.
Las instalaciones acuáticas de las comunidades de propietarios deben cumplir la normativa para reducir el riesgo de incidentes y seguir ciertos trámites.
En las instalaciones de las piscinas debe estar siempre disponible, la siguiente documentación:
- Original del contrato del personal Socorrista, así como documento acreditativo como socorrista acuático con inscripción vigente en el Registro de Profesionales Socorristas Acuáticos de la Comunidad de Madrid.
- Original del contrato y documento acreditativo del personal Médico o DUE, si procede.
- Análisis físico-químico y microbiológico del agua de los vasos según Anexo de Control del Agua.
- Certificado del tratamiento de desinfección, desinsectación y desratización por empresa autorizada.
- Ficha técnica de los productos que se utilizan en el tratamiento del agua.
Es responsabilidad del titular de la piscina, realizar los correspondientes análisis que garanticen la calidad del agua de baño. Los controles analíticos del agua de los vasos de la piscina durante la temporada de apertura, se realizarán según lo establecido en el Anexo de Control del Agua. Los incumplimientos en los análisis del agua deberán comunicarse a la Concejalía de Salud por correo electrónico salud@rivasciudad.es