Se establecen las siguientes bonificaciones en función de las características de los motores, que tienen nula o mínima incidencia contaminante:
1. Se concede una bonificación del 75% de la cuota íntegra del impuesto durante 5 años a contar desde el ejercicio siguiente al de su matriculación, a los vehículos con distintivo medioambiental 0 en la DGT. Tendrán esta consideración:
- Los coches eléctricos de batería (BEV).
- Eléctricos de autonomía extendida (REEV).
- Eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros. Los vehículos de pila de combustible (FCEV).
2. Se concede una bonificación del 60% de la cuota íntegra del impuesto durante 3 años a contar desde el ejercicio siguiente al de su matriculación, a los vehículos con distintivo medioambiental ECO en la DGT. Tendrán esta consideración:
- Los vehículos híbridos enchufables con autonomía de menos de 40 km (PHEV, MHEV).
- Híbridos no enchufables (HEV).
- Vehículos propulsados por gas natural (GNC y GNL) y gas licuado del petróleo (GLP).
Estas bonificaciones serán concedidas por el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid de oficio, sin necesidad de que los interesados lo soliciten, siempre y cuando los vehículos a que se refieren se encuentren inscritos adecuadamente en el registro público de la Dirección General de Tráfico. En ningún caso, la aplicación de estos beneficios podrá superar los cinco años, ya sea por Resolución de uno o varios municipios.