A) SOLICITANTES QUE HAYAN EFECTUADO EL GASTO DE INVERSIÓN DESDE EL 01/01/2026
Deberán presentar junto con la solicitud, la justificación de la realización de la inversión solicitada, mediante cuenta justificativa (anexo I), con aportación de factura y justificante de pago, conforme a los siguientes documentos y requisitos:
1. Documento acreditativo del gasto: Las facturas que se presenten, deberán cumplir lo exigido por el Real Decreto 1619/2012, relativo a las obligaciones de facturación. Se comprobarán, entre otros datos:
- Número de factura, serie, fecha de expedición y datos identificativos del expedidor.
- Datos identificativos del destinatario, que deberá ser la entidad subvencionada o las ejecutantes.
- Descripción detallada y precio unitario de la operación y su contraprestación total. Deberá reflejarse el IVA correspondiente; cuando la cuota se repercuta dentro del precio deberá indicarse "IVA incluido".
- Recibí con la firma y el sello del emisor de la misma.
- Forma de pago de la factura: metálico, transferencia o cheque.
Todas las facturas deberán ir acompañadas del correspondiente comprobante de pago.
2. Documento acreditativo del pago: La entidad beneficiaria además de acreditar los gastos realizados, debe justificar el pago de estos en totalidad. El pago identificará claramente su correspondencia con el documento justificativo de gasto.
Los pagos se podrán efectuar por los siguientes medios y justificarse con los siguientes documentos justificativos:
- En caso de pago por transferencia o ingreso en cuenta, se justificarán mediante la orden de transferencia o de ingreso en cuenta, en la que estén identificados el ordenante y el beneficiario de la operación.
- En el caso de transferencia telemática se justificará con el extracto de la entidad financiera en el que aparezca reflejada la operación. El extracto de la entidad financiera debe contener la identidad del titular de la cuenta que ha de ser el beneficiario de la subvención, la numeración completa de la cuenta con 20 dígitos, la fecha del pago, el concepto que identificará claramente su correspondencia con el documento justificativo del gasto y el importe del pago.
- En todos los extractos constará la firma y el sello de la entidad financiera, teniendo validez los obtenidos por vía telemática.
- En caso de pago en metálico, se justificará mediante:
- Firma de la persona que recibe el metálico, indicando nombre, apellidos y NIF de la persona que firma
- Sello de la empresa emisora de la factura en su caso y fecha en que se recibe el metálico.
- En caso de pago con cheque nominativo, se justificará mediante:
- Fotocopia del cheque o recibo en el que se haga constar que ha recibido el cheque del que expresará su número y fecha de emisión, proveedor, importe, número, concepto y fecha de emisión del documento justificativo del gasto que se salda, fecha del pago, firma indicando nombre, apellidos y NIF de la persona que firma, así como el sello en su caso.
- Se aportará certificación o extracto de la entidad financiera acreditativo del cargo en cuenta.
Solo se admitirán los documentos originales emitidos por el banco, no se admitirán pantallazos o similares.
B) SOLICITANTES QUE NO HAYAN EFECTURADO EL GASTO DE INVERSIÓN
Deberán presentar junto con la solicitud, el presupuesto proforma con arreglo a los siguientes requisitos:
- Número de presupuesto, serie, fecha de expedición y datos identificativos del expedidor.
- Datos identificativos de la solicitante.
- Descripción detallada y precio unitario de la operación y su contraprestación total.
- Deberá reflejarse el IVA correspondiente; cuando la cuota repercuta dentro del precio deberá indicarse "IVA incluido".