TRÁMITES Y SERVICIOS

Solicitud de Ayudas a la formación alumnado ripense «HM Impulso»

Ayudas a la Formación dirigidas al alumnado ripense que participa en el programa formativo HM IMPULSO, correspondiente a la convocatoria de enero a mayo de 2026.

El Programa Formativo HM IMPULSO es una formación complementaria que se imparte en el Centro de Formación en Profesiones Biosanitarias de Rivas Vaciamadrid, para una formación complementaria destinada a ampliar los conocimientos en el ámbito sanitario y de los cuidados, mejorando así las competencias profesionales y las posibilidades de inserción laboral de las personas participantes.

Con la concesión de estas ayudas pretende apoyar al alumnado del municipio que apuesta por su desarrollo profesional y por una preparación sólida en sectores con alta demanda de empleo.

Podrán acogerse a estas ayudas aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar empadronadas en Rivas-Vaciamadrid, al menos desde el 1 de enero de 2025.
  • Estar matriculadas y cursando alguno de los cursos incluidos en el Programa HM IMPULSO, durante el periodo enero–mayo de 2026.
  • Cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria, en cuanto a plazos, documentación y demás condiciones exigidas.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, conforme a lo establecido en la normativa vigente.

Consultar toda la información en las siguientes bases reguladoras:

BASES REGULADORAS DE CONCESIÓN DE AYUDAS AL ALUMNADO RIPENSE DEL CENTRO DE FORMACIÓN EN PROFESIONES BIOSANITARIAS DE RIVAS VACIAMADRID MATRICULADO EN EL PROGRAMA DE FORMACIÓN COMPLEMENTARIA “HM IMPULSO”.PERÍDO ENERO-DICIEMBRE 2026

Acceder al servicio

 DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

1. Las SOLICITUDES se presentarán en el Modelo ANEXO I - SOLICITUD

Junto a la Solicitud se deberá aportar:

  • CERTIFICADO DEL CENTRO FORMATIVO que confirme que se ha realizado el Programa HM Impulso, durante el periodo enero-mayo 2026.
  • Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
  • Certificado tributario que acredite estar al corriente de las obligaciones tributarias.
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria que se indique en el Anexo I-Solicitud.

Documentación adicional para solicitar la ayuda del 100% de los costes de la formación.

  • Además de lo indicado en el apartado anterior, se deberá aportar: documentación oficial que acredite al menos uno de estos criterios para poder acceder a la modalidad de ayuda excepcional que cubre el 100 % del coste de la formación.

2. La documentación JUSTIFICATIVA se presentará JUNTO al  ANEXO II- JUSTIFICACIÓN-MEMORIA ECONÓMICA, que se acompañará de la siguiente documentación:

  • Facturas emitidas por el centro formativo correspondientes a la formación del Programa HM-IMPULSO.
  • Justificantes de pago de la formación del Programa HM IMPULSO.

Importante: Todas las facturas y documentos de pago deberán estar fechados en el año 2026.

  • SOLICITUD Y JUSTIFICACIÓN: del 18 al 31 de mayo 2026 (ambos incluidos).
  • RESOLUCIÓN: antes del 31 de octubre de 2026.

El periodo subvencionable comprenderá desde enero hasta mayo de 2026.

Presentar la solicitud por uno de los siguientes medios:

  1. Tramitación electrónicaPinche en el botón “Acceder al Servicio". Debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve. Si no lo tuviera, puede acceder al siguiente enlace para solicitud de certificado digital: https://www.rivasciudad.es/tramite/solicitud-certificado-digital-fabrica-nacional-de-moneda-y-timbre/
    1. Este trámite tendrá activa la presentación electrónica desde el 1 de junio de 2024, a las 00:00 horas hasta el 15 de junio de 2024, a las 23:59 horas.
    2. Cumplimente el formulario y adjunte la documentación requerida para este trámite.
  2. Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía:
    • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
    • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
    • 91 670 00 00
    • 010 (teléfono de facturación especial).
  3. Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    • Los documentos que las interesadas dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
      • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
      • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
      • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
      • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

  • De forma genérica el 50% del gasto de la formación, en el periodo al que hace referencia la convocatoria.
  • De forma excepcional, el 100% si se cumplen determinados requisitos.
  • La solicitud deberá cumplimentarse en el MODELO ESPECÍFICO (ANEXO I-SOLICITUD) y deberán presentarse junto con la documentación exigida en estas bases.
  • En esta convocatoria los plazos de solicitud y justificación coinciden, por lo que al hacer la solicitud se debe presentar toda la documentación (tanto la necesaria para solicitar la ayuda como la justificativa).
  • Tanto las facturas como los justificantes de pago, han de ser todos del 2026.

 

NORMATIVA REGULADORA

En lo no previsto en esta resolución serán de aplicación:

  • Educacion, Infancia y Juventud
  • BUSCAR TRÁMITES

    ACCESOS DESTACADOS

    TRANSPARENCIA

    RIVAS AL DÍA

    RIVAS CULTURAL

    OFICINAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA

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