1. SOLICITUD: del 25 de noviembre al 03 de diciembre de 2025, ambos incluidos.
2. Subsanación de defectos: se requerirá una única vez para que en el plazo de cinco días naturales, se subsane el defecto o se presente la documentación solicitada.
3. El Período subvencionable desde octubre hasta diciembre de 2025.
- Todas las facturas y documentos de pago deberán estar fechados entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2025.
La documentación que deberá ir acompañada con la solicitud y justificación se encuentra detallada en el apartado " Documentación".
4. La resolución sobre la concesión de la ayuda se realizará antes del 31 de diciembre de 2025.