TRÁMITES Y SERVICIOS

Ayuda Municipal para afrontar obligaciones derivadas del mantenimiento de la vivienda que constituya el domicilio habitual 2023

PLAZO DE PRESENTACION FINALIZADO

Desde el Ayuntamiento se promueve la convocatoria de ayudas sociales de carácter económico dirigidas a la ciudadanía de Rivas Vaciamadrid en situación de vulnerabilidad económica, atendiendo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia e igualdad.
La concesión de estas ayudas económicas supone una disposición dineraria por parte del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid para colaborar en los gastos de la vivienda que constituya el domicilio habitual, y está sujeta a la concurrencia de una determinada situación de la persona perceptora, conforme a lo establecido en el artículo 2.1b) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

El PLAN DE AYUDAS 2023 está dirigido a apoyar económicamente a la ciudadanía del municipio de Rivas Vaciamadrid para colaborar como compensación en los gastos derivados y/o repercutidos del mantenimiento de la vivienda que constituya su domicilio habitual.

El presente Plan de Ayudas contempla tres Líneas de Ayudas:

A.- LÍNEA GENERAL DE AYUDAS.
B.- LÍNEA DE AYUDAS PARA TITULARES DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA
TITULARIDAD DE LA EMV COMO DOMICILIO HABITUAL.
C.- LÍNEA DE AYUDAS PARA TITULARES DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA COMO
DOMICILIO HABITUAL.

 

Consultar la totalidad de las BASES:

BASES PLAN DE AYUDAS VIVIENDA 2023

LISTA  ADMITIDOS Y EXCLUIDOS AYUDAS MANTENIMIENTO VIVIENDA 2023

 

 

Documentación obligatoria a presentar a efectos de la selección de solicitudes:

-Solicitud electrónica, que se considerará, a todos los efectos oportunos, declaración jurada y responsable del cumplimiento de los requisitos. Es imprescindible que se marque la línea a la que opta, pudiéndose desestimar la solicitud en caso de   optar a una línea que no corresponde.

-En el caso de familia numerosa o familia monoparental o monomarental, copia del libro de familia o documentación oficial acreditativa de la situación.

-Si en el Padrón Municipal de Habitantes, en la vivienda sobre la que se solicita la ayuda, hubiera más personas empadronadas que las que componen la unidad de convivencia, se deberá rellenar declaración responsable incluida en la solicitud,
indicando que las mismas no forman parte de la unidad de convivencia. De no rellenarse, se entenderá que forman parte de la unidad de convivencia.

-Número de cuenta para el ingreso de la ayuda.

Con la solicitud, se autoriza al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid y a la Empresa Municipal de la Vivienda, a realizar las consultas telemáticas necesarias ante la Agencia Tributaria y resto de organismos al objeto de comprobar el requisito de estar al corriente en sus obligaciones fiscales y el nivel de renta de los miembros de la unidad familiar, así como a recabar o consultar cualquier dato que considere necesario a efectos de la concesión de la ayuda.

Con independencia de esta documentación, el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid podrá exigir cuanta documentación complementaria considere pertinente y oportuna, que no pudiera ser recabada en aplicación de lo dispuesto en estas Bases, durante la tramitación del expediente, en ejercicio de las correspondientes actuaciones comprobatorias y en relación con el cumplimiento de los requisitos descritos para la prestación solicitada en la línea de ayuda correspondiente.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde el siguiente a la publicación de las presentes bases en el BOCM (03/08/2023).

Desde el 4 al 25 de agosto de 2023.

Presentar la solicitud por uno de los siguientes medios:

  1. Preferiblemente por tramitación electrónicaPinche en el botón “Acceder al Servicio”. Debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve. Si no lo tuviera, puede acceder al siguiente enlace para solicitud de certificado digital: https://www.rivasciudad.es/tramite/solicitud-certificado-digital-fabrica-nacional-de-moneda-y-timbre/
    • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación requerida para este trámite.
  2. Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía:
    • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
    • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
    • 91 670 00 00
    • 010 (teléfono de facturación especial).
  3. Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    • Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
      • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
      • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
      • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
      • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

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