TRÁMITES Y SERVICIOS

Declaración Responsable de terrazas y veladores (renovación)

Con este trámite se puede solicitar la RENOVACIÓN de terrazas y veladores, con o sin cerramiento, tanto en terrenos de dominio público como en terrenos de titularidad privada y uso público, de la licencia autorizada en el año inmediatamente anterior.

Acceder al servicio

En función de la titularidad del suelo:

  • Terrazas ubicadas en terrenos de titularidad privada:
    • Documento de declaración responsable de terrazas y veladores RENOVACIÓN según modelo del Ayuntamiento.
    • Autoliquidación de Tasa por licencia de actividad (licencia de terrazas y veladores) modelo 326
    • Acreditación ACTUALIZADA de la ocupación en suelo privado en aquellos casos en los que la persona titular del suelo sea una comunidad o mancomunidad de propietarios, indicando la superficie autorizada y disposición de los elementos.
    • Acreditación ACTUALIZADA de la autorización de los afectados en aquellos casos en los que se pretenda la ocupación de la acera o espacio privativo en un frente de fachada que ocupe no solo el propio local sino también el de los colindantes.
  • Terrazas ubicadas en terrenos de titularidad pública:
    • Documento de declaración responsable de terrazas y veladores RENOVACION según modelo del Ayuntamiento.
    • Autoliquidación de Tasa por licencia de actividad (licencia de terrazas y veladores) modelo 326
    • Autoliquidación de Tasa por ocupación del dominio público mediante el ejercicio de actividades comerciales, industriales o recreativas, modelo 315.

Acreditación ACTUALIZADA de la autorización de los afectados en aquellos casos en los que se pretenda la ocupación de la acera o espacio privativo en un frente de fachada que ocupe no solo el propio local sino también el de los colindantes.

  1. En primer lugar debe realizar una autoliquidación de la tasa y/o impuesto.
    • A través de la OVT.
      • https://tributos.rivasciudad.es/
      • Desde aquí puede:
        • Pagar
        • Generar documento de pago y acudir a cualquiera de las Entidades bancarias colaboradoras:Caixabank, BBVA, Santander, Sabadell y Unicaja Banco.
    • Para incidencias relacionadas con el pago de la tasa envíe un correo electrónico gtributaria@rivasciudad.es le requerirán una serie de datos y le emitirán la autoliquidación, para posteriormente poder pagarla.
    • Si su trámite no requiere pago realice directamente su presentación.
  2. Presentar la solicitud para su registro por uno de los siguientes medios:
    • Tramitación electrónica: Pinche en el botón “Acceder al Servicio”. Debe disponer de DNI electrónico, Certificado Digital, o estar dado de alta en el Sistema Cl@ve. Si no lo tuviera, puede acceder al siguiente enlace para solicitud de certificado digital: https://www.rivasciudad.es/tramite/solicitud-certificado-digital-fabrica-nacional-de-moneda-y-timbre/
      • Cumplimente el formulario y adjunte la documentación requerida para este trámite, incluidos los justificantes de pago de las tasas y/o impuestos autoliquidados.
    • Oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía:
      • Pida cita previa en el siguiente enlace: https://citaprevia.rivasciudad.es/
      • También puede solicitar su cita a través de los teléfonos:
        • 91 670 00 00
        • 010 (teléfono de facturación especial)
    • Por alguno de los procedimientos establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
      • Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
      • En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
      • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
      • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
      • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
      • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid le informa de la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite, a todas las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, comunidades de propietarios) notarios, registradores de la propiedad y mercantiles y quienes representen a un interesado que se encuentre entre los obligados (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Las autoliquidaciones tendrán carácter provisional hasta que se practique la comprobación por parte de los Servicios Técnicos municipales.

Las cuantías a ingresar en concepto de tasas serán las siguientes:

  1. Tasa por licencia de actividad (modelo 326):
    • Periodo de funcionamiento anual: 300,00 €.
    • Periodo de funcionamiento estacional (del 16 de marzo al 15 de octubre): 200,00 €.
  2. Tasa por ocupación de dominio público (modelo 315):
    • Terraza sin cubrición:
      • Periodo de funcionamiento anual: 65 €/m2.
      • Periodo de funcionamiento estacional: 38 €/m2.
    • Terraza con cubrición: 100 €/m2.

 

Para poder renovar la autorización es necesario que las condiciones de la terraza no hayan sufrido ningún tipo de variación con respecto a la autorización otorgada.

Consulta con personal técnico en oficinas del Departamento de Urbanismo:

  • Teléfono departamento de Actividades: 916602708.
  • Oficinas (C/José Hierro 36, 1ª planta): de 9,00 a 11,00 h de lunes a viernes sin cita previa.

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