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Residuos y limpieza viaria

Residuos y limpieza viaria

Residuos

Como Residuo se define cualquier sustancia u objeto que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar. Los residuos se clasifican en función de su composición, de su origen, o de su peligrosidad, entre otros parámetros. Por su origen, los residuos se clasifican, entre otras clases, en residuos domésticos, residuos comerciales y residuos industriales. Por su peligrosidad los residuos se clasifican en residuos peligrosos y no peligrosos. En la producción y gestión de residuos se aplicará la jerarquía de residuos con el siguiente orden de prioridad: prevención, preparación para la reutilización, reciclado, otro tipo de valorización, incluyendo la valorización energética y eliminación.

La emisión de normativa y la gestión de residuos se caracterizan por un reparto competencial complejo de manera que las administraciones, estatal, autonómica y local tienen capacidad de acción. El marco jurídico básico es la Ley 22/2011 de Residuos que regula tanto la distribución competencial en la materia como el régimen jurídico de la producción y gestión de residuos. En el ámbito territorial de Madrid se aprobó la Ley 5/2003. A nivel local, y dadas las competencias que las entidades locales tienen en aplicación de la ley 7/1985 de Bases del Régimen Local y la propia legislación en materia de Residuos, se aprobó la Ordenanza de gestión de residuos urbanos y residuos de construcción y demolición, limpieza de espacios públicos y mantenimiento de solares.

En lo referente al Planeamiento la situación es similar con un Plan Nacional Integrado de Residuos (2008-2015) y Estrategia de Residuos de la Comunidad de Madrid (2006-2016)

 

Limpieza viaria

Corresponde al Ayuntamiento el servicio de limpieza de los espacios públicos, en la forma que se establece en la Ordenanza de Gestión de Residuos urbanos y residuos de construcción y demolición, limpieza de espacios públicos y mantenimiento de solares. Este servicio se presta con la frecuencia y horarios óptimos para mantener la calidad del mismo, reducir los costes, económicos y los impactos ambientales.

En el título IV de la Ordenanza se regulan las obligaciones en relación con la limpieza de espacios públicos, actuaciones prohibidas y las medidas respecto a determinadas actuaciones, usos o actividades que afecten a la limpieza de vías o espacios públicos.

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