En la Comunidad de Madrid, cualquier persona física o jurídica que presta servicios a los consumidores finales debe disponer de hojas de reclamaciones a disposición del usuario, para que pueda formular sus quejas, salvo:
· Profesionales liberales colegiados.
· Centros de enseñanza reglada.
· Servicios públicos prestados directamente por la Administración Pública si disponen de un sistema propio de reclamaciones.
Los comercios están obligados a exhibir, de forma perfectamente visible, un cartel en el que figure la leyenda «Existen hojas de reclamaciones a disposición del consumidor».
A continuación puede descargar el modelo oficial de hojas de reclamaciones y el cartel.