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EFICIENCIA Y RENOVABLES

La eficiencia energética puede definirse como la reducción del consumo energético de un edificio o instalación, manteniendo los mismos niveles de confort y/o producción, mediante el cambio de hábitos de consumo (como, por ejemplo) apagar la luz cuando no se utiliza), la renovación de sistemas pasivos o activos (mejora del aislamiento, sustitución de equipos de climatización, cambio a iluminación LED, etc.), mejoras en el diseño (por ejemplo, la arquitectura bioclimática o edificios de consumo casi nulo) e incluso sistemas avanzados mas eficientes como el vehículo eléctrico, unido al uso de las energías renovables para generar electricidad.

Se define la energía procedente de fuentes renovables –o energías renovables– aquella que se renueva de forma natural, aunque de forma limitada. Son energías renovables la eólica, la solar térmica, la energía solar fotovoltaica, la geotérmica, la energía aerotérmica, la energía de mareas o las olas, la energía hidroeléctrica, la biomasa, el gas de vertedero, el gas de las plantas de tratamiento de aguas residuales y el biogás. Más información e inscripciones
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VÍDEOS: EFICIENCIA Y RENOVABLES

PREGUNTAS FRECUENTES

La información incluida es válida a efectos orientativos, se recomienda consultar la normativa vigente actual.

Factura eléctrica

Quiero disminuir la potencia que contraté hace un año con la compañía eléctrica, ¿puede la compañía impedírmelo?

No puede impedirlo. En todo caso, la compañía deberá señalar las modificaciones que se deben realizar en el edificio o vivienda, corriendo a cargo del solicitante tanto los gastos que origine la sustitución de los equipos de protección y medida como los derechos de verificación.

Sí. El consumidor que esté al corriente de pago podrá traspasar su contrato a otro consumidor que vaya a hacer uso de este en idénticas condiciones. El titular lo pondrá en conocimiento de la empresa distribuidora mediante comunicación que permita tener constancia a efectos de expedición del nuevo contrato.

Factura de gas

¿Quién me tiene que avisar de cuándo tengo que hacer la inspección periódica de gas canalizado?

La empresa distribuidora a la que tenga conectada mi red. La inspección periódica de gas natural debe ser realizada por un técnico autorizado, que deberá identificarse como tal aportando la acreditación correspondiente. Este puede proceder de la distribuidora de la zona o de una empresa instaladora. Independientemente de la elección que tome el consumidor, será la distribuidora la encargada de revisar el certificado expedido tras la inspección, además de asegurar su veracidad y garantizar que la instalación de gas se encuentra en buen estado. Las distribuidoras de gas natural deben avisar al consumidor de la fecha en la que se va a realizar la inspección periódica obligatoria.

Hay que pagar al distribuidor unos gastos de gestión fijados por el Gobierno (15,49€ en año 2021) más unos gastos de inspección física a la distribuidora o a la empresa instaladora, según quien realice la inspección.

Si decide hacer la inspección con su distribuidora, existen unas tarifas máximas establecidas.

Si decide hacer la inspección con una empresa instaladora autorizada, los precios de la inspección física son libres.

El importe se cobrará, independientemente de con quien realice la inspección, en la siguiente factura de gas. Nunca debe pagar nada en mano a la persona que realice la inspección.

En el caso de las calderas murales domésticas de gas natural o GLP con una potencia inferior o igual a 70kW, con la periodicidad que establezca el "Manual de uso y mantenimiento", si existe. Al menos, la periodicidad será cada dos años.

En el resto de las instalaciones de calefacción (gasóleo, electricidad, etc.) de potencia inferior o igual a 70 kW, el mantenimiento es, como mínimo, anual.

Climatización

¿Qué tipos de sistemas de climatización puedo utilizar para una vivienda unifamiliar que me facilite al menos ACS y calefacción?

Generalmente las más eficientes son:

1.- Calderas de biomasa.
2.- Calderas de gas.
3.- Aerotermia (también suministra refrigeración)
4.- Solar térmica (ACS) complementando con alguna de las anteriores para calefacción.
5.- Geotermia (también suministra refrigeración)
6.- Combinaciones de las anteriores.

Puede visitar los siguientes enlaces con guías técnicas

https://www.idae.es/publicaciones/guia-tecnica-de-energia-solar-termica

https://www.idae.es/collection/guias-tecnicas-de-ahorro-y-eficiencia-energetica-en-climatizacion

No, son aparatos diferentes. La caldera suministra calefacción y ACS, mientras que el calentador solo suministra ACS. Para ambos aparatos es necesario que en la estancia existan unas rejillas de entrada y salida de aire para una adecuada combustión.

Certificación energética edificios

¿Los garajes y trasteros de un edificio deben obtener el certificado de eficiencia energética?

No. El artículo 6 del Real Decreto 390/2021 aclara que para el cálculo de los indicadores de eficiencia energética se tomarán en consideración únicamente los espacios habitables del edificio.

- Debe contratar a un experto en la materia, es decir, un certificador energético. Se puede conseguir en la web o a través de los listados que hay disponibles en los Colegios de Profesionales (arquitectura, y algunas ingenierías). El técnico debe visitar la vivienda, elaborar el certificado, firmar el mismo y registrarlo en la oficina de la Comunidad de Madrid; obtendrá el certificado y la respectiva etiqueta energética.

- Para algunos casos de obtención de ayudas se requiere el certificado antes y después de la mejora o instalación con renovables, por ejemplo, nueva instalación fotovoltaica. Por tanto, debe encargarse antes y después de realizar la mejora.

Esta combinación es siempre positiva y bastante eficiente, ya que permite cubrir la demanda térmica de la vivienda con la electricidad producida por las placas solares.

Deducciones fiscales

Estoy interesado en las bonificaciones sobre el IBI y del ICIO, ¿puedo beneficiarme de ambas ayudas al mismo tiempo?

Sí, el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid ofrece la posibilidad de bonificar de manera simultánea el IBI y el ICIO.

Puede consultar las posibles bonificaciones fiscales en los siguientes enlaces.

Bonificación en el IBI:

https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-ibi-por-instalaciones-solares/

Bonificación en el Impuesto de Construcciones:

https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-en-el-impuesto-de-construcciones-instalaciones-y-obras-icio/

Solo hay bonificación para algunos tipos de vehículos:

Vehículos eléctricos e híbridos enchufables tienen una bonificación del 75 del IVTM para bimodales o híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diesel o eléctrico-gas), los vehículos que utilicen exclusivamente combustible biogás, gas natural, gas líquido, metano, metanol, hidrógeno o derivados de aceites vegetales.

Bonificación IVTM medioambientales:

https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-ivtm-mediambientales/

ENLACES RELACIONADOS

OFICINAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA

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