Corresponderán al Consejo Municipal de Educación las siguientes funciones:
1.- Fomentar la participación directa en la gestión del área de actuación educativa municipal de las personas y de las entidades afectadas o interesadas, estableciendo a este efecto los mecanismos necesarios de información, consulta, estímulo, elaboración de propuestas e informes, y seguimiento de las actividades municipales. A estos efectos, se consideran los principales ámbitos de intervención:
a) La inversión municipal en materia educativa destinada a los centros sostenidos con fondos públicos.
b) El Mapa escolar de Rivas Vaciamadrid y las necesidades de ampliación o modificación de la Red de Centros.
c) Los acuerdos de colaboración y convenios entre el Ayuntamiento y otras administraciones, organismos públicos y privados y/o centros educativos de titularidad distinta a la municipal.
d) Las actuaciones y disposiciones municipales relativas a la enseñanza, en general, y en particular a los proyectos, programas o actividades que promuevan el derecho a una educación integral de las personas y hagan efectiva la obligatoriedad de la enseñanza en los tramos que marca la ley.
e) La utilización de los centros de enseñanza, fuera del horario escolar, para el desarrollo de actividades educativas, culturales, asistenciales, deportivas y recreativas, dirigidas a toda la comunidad.
f) Los objetivos y prioridades de las actuaciones municipales en las competencias que tiene atribuidas el Ayuntamiento por Ley.
g) La transmisión a las administraciones competentes, de todas aquellas demandas que el Consejo considere para la mejora de calidad de la enseñanza.
h) El fomento de la aplicación de políticas y actuaciones municipales integrales encaminadas a la defensa de los derechos de las personas.
2.- Promover y fomentar el asociacionismo, colaboración y coordinación entre las diferentes entidades y sectores, ya sean públicas o privadas, de la comunidad educativa de Rivas Vaciamadrid.
3.- Recabar información de las diferentes administraciones competentes sobre cualquier materia relativa a la educación en el ámbito municipal, (ejecutándose a través del/la presidente/a del Consejo). A colación de lo anterior, por mandato del Reglamento de Participación Ciudadana de Rivas Vaciamadrid, el Ayuntamiento deberá presentar en el seno del Consejo su plan anual de actuaciones relacionadas con el ámbito educativo.
4.- Comunicar e informar periódicamente de sus trabajos al conjunto de la comunidad escolar.
5.- Conocer y valorar el Informe Anual sobre el estado de la educación en el municipio y remitirlo a todos los sectores representados en el Consejo, así como a las Administraciones públicas competentes.
6.-En relación al Consejo de Ciudad:
- Comunicar las valoraciones y propuestas a la correspondiente comisión informativa para su posterior inclusión en el orden del día del Pleno del Consejo de Ciudad.
- Trasladar a este la programación y el informe/memoria anual del Consejo Municipal de Educación.