AYUNTAMIENTO

Consejo Sectorial Medio Ambiente y Movilidad

El objetivo principal de este Consejo es la incorporación de criterios de protección ambiental en la gestión municipal así como facilitar la participación de la ciudadanía y de sus asociaciones en la gestión y mejora del medio ambiente, promoviendo una política de sostenibilidad en las competencias municipales referidas la medio ambiente.

  • Fomentar la participación directa en el gestión medioambiental del municipio de las personas y entidades afectadas o interesadas, estableciendo a este efecto los mecanismos necesarios de información, estímulo, y seguimiento de las actividades municipales.
  • Promover y fomentar el asociacionismo, colaboración y coordinación entre las diferentes entidades que actúen en el ámbito del Medio Ambiente, ya sean públicas o privadas.
  • Asesorar al Ayuntamiento sobre las actuaciones que éste realice en el ámbito de actuación del Consejo:
    • Debatiendo y valorando los asuntos que presente el Ayuntamiento, especialmente la información, seguimiento y evaluación de los programas anuales.
    • elaborando propuestas de actuación medioambiental, bien a iniciativa propia del Consejo o a petición de la Concejalía de Medio Ambiente.
  • Recabar información del Ayuntamiento , previa petición razonada, de los temas de interés para el Consejo.
  • Promover la realización de estudios, informes y actuaciones vinculadas al Medio Ambiente.
  • Fomentar la actuación de políticas y actuaciones municipales integradas encaminadas a la defensa de los derechos de las personas en relación con el medio ambiente.
  •  Velar por el cumplimiento de la normativa en materia de medio ambiente y elevar quejas por actuaciones que incidan en el medio ambiente del municipio.
  • Delegar en los grupos de trabajo (vs Comisiones) específicos que se creen cuantas funciones estimen oportunas, dentro de lo recogido en el Reglamento.
  • Aprobar y modificar sus normas de régimen interno con sujeción al Reglamento del Consejo y al Reglamento de Participación Ciudadana.
  • Pleno del Consejo:
    • Presidente/Presidenta: El Concejal/Concejala de Medio Ambiente con voz y voto de calidad.
    • Un/una representante por cada uno de los partidos políticos con representación en el Pleno, con voz y voto.
    • Secretario/Secretaria: Un trabajador/trabajadora municipal, con voz pero sin voto.
    • Un/una representante de las entidades ciudadanas inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, y cuyas actividades estén relacionadas con el medio ambiente, con voz y voto.
    • Ciudadanía a título individual, mayor de 18 de años que manifieste interés en la materia del Consejo.
    • Un/una representante de cada uno de los colegios o asociaciones profesionales implicados en materias medioambientales, previa solicitud formal de incorporación al Consejo, con voz y voto.
    • Un/una representante por cada asociaciones profesional implantada en el municipio, previa solicitud formal de incorporación al Consejo, con voz y voto.
    • Un/una representante por cada Asociación de Madres y Padres (AMPA) de los Centros Educativos del municipio, previa solicitud formal de incorporación al Consejo, con voz y voto.
    • Un/una representante por cada Consejo Sectorial constituido por el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid. Con voz y sin voto (para ayudar a la transversalidad del medio ambiente).
    • Un/una representante por cada acción vecinal con implantación en el municipio de Rivas Vaciamadrid, previa solicitud formal de incorporación al Consejo, con voz y voto.
    • Un/una representante del Área de Gobierno de Ordenación del Territorio y Desarrollo Sostenible del Ayuntamiento de Rivas Vacimadrid, con voz y sin voto.

OFICINAS DEL SERVICIO DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA

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