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Elecciones autonómicas: ya se puede solicitar el voto por correo

Quienes decidan hacerlo pueden pedir hasta el sábado 24 de abril el certificado de su inscripción en el censo electoral de la Comunidad de Madrid.

Elecciones autonómicas: ya se puede solicitar el voto por correo
Mesa de papeletas, en las elecciones autonómicas y municipales de 2019. LUIS GARCÍA CRAUS

Ya es posible solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas a la Asamblea de Madrid que se celebrarán el martes 4 de mayo de 2021.

Quienes decidan votar por correo pueden solicitar hasta el domingo 25 de abril (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad de Madrid. La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse, por vía telemática, a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

Solicitud de voto por correo telemática

Las personas electoras pueden solicitar su voto a través de la web de Correos, sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos y minimiza el contacto social, el interesado debe acreditar su personalidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

¿Cómo puedes solicitar online el voto por correo?

Es necesario disponer de un certificado DNI Electrónico  (obtener DNI electrónico) o un certificado digital válido.

  • Debes completar los datos requeridos.
  • Firmar electrónicamente.
  • Descargar la solicitud.

La Oficina del Censo Electoral debe aprobar la solicitud para que te remita, a la dirección que has indicado en tu solicitud, la documentación para realizar el voto.

Solicitud de voto en oficinas

La solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, las personas interesadas deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carné de conducir originales.

Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.

Correos entregará las solicitudes recibidas en la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en Madrid, quien enviará a las personas solicitantes, entre el 14 y el 27 de abril, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.

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* Consulta aquí el CENSO ELECTORAL. Elecciones (4 de mayo de 2021) a la Asamblea de la Comunidad de Madrid.

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