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Agotadas las citas para la declaración de la renta

Rivas facilita esta gestión para hacer la declaración de IRPF a ripenses con rentas de trabajo menores de 65.000 euros. Agotadas las citas para este año.

Agotadas las citas para la declaración de la renta

AVISO: CITAS AGOTADAS.

Por tercer año consecutivo, el Ayuntamiento pone a disposición de la ciudadanía la campaña Turno de Renta, ofrecida de forma gratuita por el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid (ICOGAM).

Este 2017, el servicio ha sido tan demandado que ya se han agotado las citas disponibles (976). La iniciativa finaliza el 23 de junio.

Un equipo formado por más de 45 especialistas en materia fiscal realiza la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a contribuyentes de Rivas que cumplan una serie de requisitos, como encontrarse en situación de desempleo o en activo pero percibir unos ingresos por rentas del trabajo inferiores a 65.000 euros.

También, poseer como máximo dos viviendas (una habitual y una segunda residencia, una de ellas, alquilada con un solo contrato), entre otros.

Según informa el ICOGAM, «no podrán optar a este servicio quien que deban declarar a Hacienda rendimientos por actividades empresariales o profesionales (personas autónomas), ni quienes carezcan de los datos fiscales, entre otras restricciones».

El listado completo de documentación requerida para poder acogerse a este servicio se puede consultar más abajo. El borrador de la Renta o Declaración del ejercicio 2016, el DNI original, número de cuenta corriente o referencias catastrales son algunos de los datos a aportar.

Desde el colegio insisten en la obligatoriedad de llevar consigo toda la documentación en el momento de acudir al servicio. En caso contrario, se perderá la cita y se deberá solicitar una nueva para otro día.

En 2016, gracias a este servicio gratuito, se hicieron 810 declaraciones de ripenses que acudieron al Ayuntamiento.

CITA PREVIA OBLIGATORIA (AGOTADO)

Se requiere solicitar una cita previa en el Servicio de Atención a la Ciudadanía, vía telefónica (010 si se llama desde Rivas o 916 700 000 desde cualquier lugar) o de manera presencial, en el Ayuntamiento (plaza de la Constitución, 1) o en la antigua Casa Consistorial (plaza del 19 del Abril, en el Casco Antiguo).

CUÁNDO

Las citas se ofrecen entre el 9 de mayo y el 23 de junio, ambos inclusive.

HORARIOS

Martes y jueves: de 10.00 a 14.00, y de 16.00 a 19.00.

Viernes: de 10.00 a 14.00.

El servicio se presta en el Ayuntamiento, plaza de la Constitución 1.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

– Borrador de la Renta o Datos Fiscales del ejercicio a declarar.

 – Declaración de la Renta del ejercicio anterior (solo en los casos en los que se presentó)

– Documento Nacional de Identidad (original de la persona que acude a la cita) y números de DNI de los miembros de la unidad familiar (incluidos los hijos a partir de 14 años) y descendientes con derecho a deducción (deben ser residentes en España).

– Cuando la declaración de la Renta se haga demaner a conjunta y solo se persone uno de los cónyuges se deberá traer fotocopia DNI del cónyuge no presente y autorización firmada.

– El número de cuenta corriente (20 dígitos) en la que domiciliar la devolución o ingreso (en caso de resultado a ingresar el contribuyente puede decidir abonar el importe directamente en el banco).

– Referencias catastrales de los inmuebles en propiedad o en los que viva en alquiler o en otras circunstancias salvo que ya figuren en el borrador. La referencia catastral la puede encontrar en el recibo del IBI. También se puede obtener por Internet www.sedecatastro.gob.es o llamando al 902 37 36 35.

– Rendimientos de trabajo: certificado emitido por el pagador (empresa), para otros rendimientos de trabajo aportar, si se tiene,documentación justificativa (pensiones, prestaciones desempleo, remuneración de cursos o coloquios, etc.).

– Rendimientos de capital mobiliario: certificados de entidades financieras y de seguro, contratos, recibos de gastos, etc., salvo que figuren en el borrador o los datos fiscales.

– Subvenciones percibidas (vivienda, vehículo¿):justificante de las misma.

– Deducciones: documentos justificativos (por alquiler de vivienda: NIF del arrendador y cantidades pagadas por el alquiler,por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: saldos pendientes de amortizar del préstamo original; donativos, etc.).

REQUISITOS

– Rentas por rendimientos del trabajo inferiores a 65.000 euros.

– Rendimientos del capital mobiliario con el límite de 15.000 euros brutos anuales.

– Imputación de rentas inmobiliarias con origen, como máximo, en dos inmuebles con el límite de un inmueble y/o un contrato de alquiler.

– Tener ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso en cuenta con el límite de dos transmisiones.

– Tener deducción por adquisición de vivienda o por alquiler de vivienda.

– No compensar partidas negativas de años anteriores.

– No debe regularizar situaciones tributarias de declaraciones ya presentadas.

– No realizar actividades económicas o profesionales (personas autónomas).

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