El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid informa de que, con motivo del sorteo de candidatos a jurado el próximo 21 de septiembre, estarán disponibles para su consulta las listas del censo electoral en las oficinas del Servicio de Atención a la Ciudadanía (plaza de la Constitución, 1, y plaza del 19 de Abril, 1), a efecto de comprobar su inscripción en el censo electoral y poder presentar las reclamaciones a las que hubiera lugar.
Las listas estarán expuestas a partir del 14 de septiembre y hasta el día 20 de dicho mes, ambos inclusive, en horario de 8,00 h. a 19,00 h.
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral realizan un sorteo cada dos años por cada provincia en los meses de septiembre de los años pares para establecer una lista de candidatos a jurado.
Tras los sorteos, los incluidos en la lista (que será expuesta al público durante siete días en el Ayuntamiento, para hacer las correspondientes alegaciones) podrán ser convocados a formar parte del Tribunal del Jurado durante dos años a contar del 1 de enero siguiente.
Requisitos para ser miembro del jurado popular (Art. 8, Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado):
– Ser español y mayor de edad.
– Saber leer y escribir.
– Encontrarse en pleno ejercicio de los derechos políticos.
– Ser vecino, en el momento de la designación, del municipio de la provincia donde se haya cometido el delito.
– No estar impedido física, psíquica o sensorialmente para realizar esta función.
La función de jurado se considera como cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. Sin embargo, existen motivos para no actuar como jurado (Art. 8, Ley Orgánica 5/1995, del Tribunal del Jurado):
– Ser mayor de 65 años.
– Haber hecho funciones de jurado dentro de los cuatro años anteriores.
– Graves trastornos por motivo de cargas familiares.
– Tener un trabajo de relevante interés general que sufriría perjuicios importantes por el hecho de ser sustituido.
– Residir en el extranjero.
– Ser militar profesional en activo si concurren circunstancias de servicio.
– Otras causas de incompatibilidad según las circunstancias personales, profesionales, de cargo y parentesco.
Durante el tiempo que se ejerza la función de miembro del Tribunal del Jurado, tienen derecho a recibir una retribución y una indemnización por los gastos ocasionados durante este ejercicio, fijados por un reglamento.