La ordenanza tiene por objeto regular las condiciones a las que habrán de someterse los actos de publicidad informativa, así como las instalaciones publicitarias visibles desde la vía pública, situadas en espacios privados o públicos, con el objeto primordial de compatibilizar esta actividad con la protección, el mantenimiento y la mejora de los valores del paisaje urbano y de la imagen de la ciudad de Rivas-Vaciamadrid, así como de todos aquellos aspectos relativos a la protección, conservación, restauración, difusión y fomento de los valores artísticos, históricos, arqueológicos, típicos o tradicionales del patrimonio arquitectónico de la ciudad y de los elementos naturales o urbanos de interés.