AYUNTAMIENTO

EDIFICIO VIVIENDAS

Los edificios de viviendas permiten agrupar las actuaciones de eficiencia energética o energías renovables para el conjunto de la vecindad y tienen muchas posibilidades para la reducción de su consumo y gasto energético. Aquí tienes diez vídeos informativos donde se explica la factura energética y el potencial de mejoras de eficiencia energética (como el aislamiento, la climatización o la iluminación) y de las energías renovables (como la solar fotovoltaica, la solar térmica, la aerotermia y la biomasa). Más abajo puedes acceder a preguntas frecuentes e información.

VÍDEOS

Si eres residente en Covibar puede interesarte el Plan Renueva Covibar que puedes consultar en este enlace.

PREGUNTAS FRECUENTES

La información incluida es válida a efectos orientativos, se recomienda consultar la normativa vigente actual.

Climatización

¿Qué tipos de sistemas de climatización puedo utilizar para una vivienda unifamiliar que me facilite al menos ACS y calefacción?

Generalmente las más eficientes son: 

1.- Calderas de biomasa.
2.- Calderas de gas.
3.- Aerotermia (también suministra refrigeración)
4.- Solar térmica (ACS) complementando con alguna de las anteriores para calefacción.
5.- Geotermia (también suministra refrigeración)
6.- Combinaciones de las anteriores.

Puede visitar los siguientes enlaces con guías técnicas

https://www.idae.es/publicaciones/guia-tecnica-de-energia-solar-termica

https://www.idae.es/collection/guias-tecnicas-de-ahorro-y-eficiencia-energetica-en-climatizacion

No, son aparatos diferentes. La caldera suministra calefacción y ACS, mientras que el calentador solo suministra ACS. Para ambos aparatos es necesario que en la estancia existan unas rejillas de entrada y salida de aire para una adecuada combustión.

Una bomba de calor aerotérmica es un módulo integrado que se coloca en el exterior y es necesario comunicarlo hidráulicamente con la instalación emisora interior (radiadores, suelo radiante…) y eléctricamente con la instalación de la vivienda.

Certificación energética edificios

¿Los garajes y trasteros de un edificio deben obtener el certificado de eficiencia energética?

No. El artículo 6 del Real Decreto 390/2021 aclara que para el cálculo de los indicadores de eficiencia energética se tomarán en consideración únicamente los espacios habitables del edificio.

  • Debe contratar a un experto en la materia, es decir, un certificador energético. Se puede conseguir en la web o a través de los listados que hay disponibles en los Colegios de Profesionales (arquitectura, y algunas ingenierías). El técnico debe visitar la vivienda, elaborar el certificado, firmar el mismo y registrarlo en la oficina de la Comunidad de Madrid; obtendrá el certificado y la respectiva etiqueta energética.
  • Para algunos casos de obtención de ayudas se requiere el certificado antes y después de la mejora o instalación con renovables, por ejemplo, nueva instalación fotovoltaica. Por tanto, debe encargarse antes y después de realizar la mejora.

Energías renovables

¿Qué obligaciones indica el CTE?

Renovables, en caso de solar térmica, el consumo de ACS debe ser superior a 100 litros/día y además para edificios de nueva construcción o reformas integrales a contribución mínima de energía procedente de fuentes renovables cubra al menos el 70% de la demanda energética anual para ACS”, aunque “podrá reducirse al 60% cuando la demanda de ACS sea inferior a 5000 litros/día”. Esto es para los unifamiliares de 3 o más dormitorios necesitan este tipo de instalación.

Se puede verificar esto con la herramienta del IDAE CHEQ4

Las bombas de calor destinadas a la producción de ACS podrán considerar su contribución renovable con un valor de rendimiento medio estacional (SCOP) superior a 2,5 cuando sean accionadas eléctricamente y superior a 1,15 cuando sean accionadas mediante energía térmica.

El CTE indica también la contribución de generación mínima con renovables para edificios con uso distinto al residencial privado en los siguientes casos:

  • a) edificios de nueva construcción y ampliaciones de edificios existentes, cuando superen o incrementen la superficie construida en más de 3.000 m2
  • b) edificios existentes que se reformen íntegramente, o en los que se produzca un cambio de uso característico del mismo, cuando se superen los 3.000 m2 de superficie construida; se considera que la superficie construida incluye la superficie del aparcamiento subterráneo (si existe) y excluye las zonas exteriores comunes.

La generación mínima será del 0.01 de la superficie construida del edificio

Para la información del CTE completo puede visitar https://www.codigotecnico.org/pdf/Documentos/HE/DccHE.pdf

Según la Normativa de autoconsumo compartido en donde se indica el reparto de la energía, hay un beta de reparto para cada vivienda que es el porcentaje de la energía generada que va a ese vecino; ese beta se establece de forma consensuada entre los propietarios de las viviendas y se informa a la empresa distribuidora, que es la responsable de realizar el reparto. No es necesario cambiar de comercializadora   

Puede solicitar la subvención a través del portal de tramitación electrónica de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, en el que se le requerirá certificado digital y al que puede acceder en el siguiente enlace web:

https://sede.fenercom.com/opensiac/action/main?method=enter

A la hora de realizar cualquier instalación de autoconsumo son de aplicación los tipos de IVA vigentes. También serán aplicables los tributos de índole local aplicables a la construcción (licencia de obras e ICIO).

Si la instalación de autoconsumo es SIN excedentes o CON excedentes ACOGIDA a compensación, no se realiza venta de energía.

En el caso de instalaciones CON excedentes NO ACOGIDA a compensación, se realiza venta de energía en el mercado por lo que el productor estará sometido a las mismas obligaciones tributarias que el resto de los productores del mercado por lo que le será de aplicación el IVA, el impuesto sobre el valor de la energía IVPEE del 7% (si está vigente), el pago del coste del operador del sistema, así como las obligaciones de declaración de información sobre energía producida, trimestral y anual.

Puede consultar las posibles bonificaciones fiscales en los siguientes enlaces.

 Bonificación en el IBI:

https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-ibi-por-instalaciones-solares/

Bonificación en el Impuesto de Construcciones:

https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-en-el-impuesto-de-construcciones-instalaciones-y-obras-icio/

La factura del consumo eléctrico no cambia de destinatario porque exista un autoconsumo y se dirigirá al titular del CUPS, es decir al consumidor.

Energía Solar Fotovoltaica

Si se instala un sistema fotovoltaico en el edificio de mi vivienda en Rivas Vaciamadrid, ¿qué reducción de IBI podría obtener?

La bonificación al IBI puede solicitarse por las viviendas de los edificios de propietarios si la instalación no afecta únicamente a las zonas comunes que no estan dotadas de referencia catastral propia e independiente; cada vivienda debe tener una potencia mínima instalada de 1,5 kW, hasta un máximo de 100 kW como suma total de todas las viviendas. La bonificación será según lo siguinte:

  • 50% de bonificación durante tres años para aquellas viviendas que tengan un valor catastral de entre 35.000 y 149.999,99 euros, con un máximo de 250 euros al año.
  • 30% de bonificación durante tres años para viviendas con valor catastral de entre 150.000 y 199.999,99 euros, con un máximo de 200 euros anuales.
  • 20% de bonificación durante para viviendas cuyo valor catastral oscile entre los 200.000 y 300.000 euros, con un tope de 150 euros anuales.

Nota: Las bonificaciones otorgadas a instalaciones que se realizan a final de año entran en el ejercicio presupuestario del año siguiente, por lo que la bonificación se verá reflejada el año posterior al del ejercicio presupuestario. En este caso concreto, no se verán reflejadas hasta 2023.

El mantenimiento depende de muchos factores. Los restos de lluvia, las impurezas transportadas por el viento o el polvo son los principales causantes de la necesidad de un mantenimiento periódico. Se suelen realizar limpiezas 3 o 4 veces al año por el propio usuario con agua y jabón. También puede realizarlo una empresa especializada.

Esta combinación es siempre positiva y bastante eficiente, ya que permite cubrir la demanda térmica de la vivienda con la electricidad producida por las placas solares.

Principales ventajas: ahorro en la factura de la electricidad, gastos en mantenimiento mínimos. La colocación suele ser sencilla también con un estudio previo, Una vivienda con placas solares revaloriza el inmueble y se puede vender la energía sobrante, aunque se paga muy poco. En cuanto a desventajas: inversión inicial es costosa, el precio dependerá del tamaño y número de placas que hagan falta, así como de la potencia necesaria. Los días nublados las placas solares producen poca energía. Hay a vecinos a los que no les gusta que haya placas solares en el tejado de su edificio, aunque pueden encontrarse algunas soluciones más estéticas.

Energía Solar Térmica

¿Cuánto tiempo dura una instalación solar térmica de una vivienda?

La vida útil de una instalación solar térmica para obtención de agua caliente sanitaria y apoyo a calefacción se estima en 20 años, siempre que se realice  un mantenimiento adecuado.

Sí que dispondrá de agua caliente ya que los acumuladores de agua están aislados térmicamente, por lo que el calor se conserva bastante bien durante la noche.

Biomasa

¿Qué ventajas tiene cambiar mi caldera actual por una de biomasa?, puede ser para edificio o vivienda o local comercial hostelería

Por un lado, el combustible que se usará será proveniente de la madera probablemente, lo que indica que será autóctono de la región o país 

Además, la emisión de gases se evita con este tipo de calderas; solamente habrá una pequeña cantidad de cenizas que puede utilizarse como abono de plantas.

Los ahorros económicos a medio plazo son importantes.

Aerotermia

Si en mi casa tengo radiadores de agua y quiero poner un sistema de aerotermia, ¿es necesario cambiar los radiadores?

Efectivamente, sí es necesario porque para el nuevo sistema de aerotermia puede utilizar suelo radiante o emisores tipo radiadores de baja temperatura o fancoils, o suelo radiante.

  • Generación de energía que proceda de fuentes renovables.
  • Proporcionar servicios de eficiencia energética (incluyendo, por ejemplo, renovaciones de edificios).
  • Suministro, consumo, agregación y almacenamiento de energía y potencialmente distribución.
  • Prestación de servicios de recarga de vehículos eléctricos o de otros servicios energéticos.

Para ampliar información https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/comunidades-energeticas

 

Transporte

Voy a adquirir un vehículo eléctrico y necesito un punto de recarga para este vehículo en mi vivienda, ¿existen ayudas para la compra y para la instalación?
  • A nivel del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, se ofrece una bonificación de entre el 60-75%, dependiendo del vehículo que se adquiera, sobre el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-ivtm-mediambientales/
  • En cuanto a la Comunidad de Madrid, se administran fondos europeos mediante el programa MOVES III. En este programa se ofrecen subvenciones por la compra de vehículos eléctricos, por ejemplo, para un turismo de 4.500€ o de 7.000€ si se entrega el vehículo previo (debe tener más de 7 años de antigüedad). Además, se subvenciona hasta el 70 adicional.
    https://www.fenercom.com/actuacion/programa-moves-iii/

 

Para autónomos, personas físicas, comunidades de propietarios y entidades públicas sin actividad económica, serán elegibles las actuaciones realizadas con posterioridad al 9 de abril de 2021.

Para entidades jurídicas y públicas con actividad económica, serán elegibles las adquisiciones realizadas con posterioridad al día de generación de la solicitud de la ayuda.

https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-movilidad-y-vehiculos/programa-moves-iii

https://movestresmadrid.com/

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/01/13/BOCM-20220113-27.PDF

Para autónomos el límite viene marcado por el reglamento (UE) n º 1407/2013 de la Comisión, relativo a los artículos 107 y 108 del funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Para personas físicas sin actividad económica el límite es de 1 vehículo / persona.

Para comunidades de propietarios como personas jurídicas y entidades locales es de 50 vehículos / año.

https://movestresmadrid.com/images/documentacion/Preguntas-Frecuentes-MOVES-3-Vehculos-V02P.pdf 

 

Financiación

¿Cómo puedo financiar la sustitución de las ventanas de mi vivienda?

Dependiendo del origen de la financiación puede ser con fondos públicos o privados. En el primer caso, existen planes Renove de ventanas durante algunos meses del año. Normalmente, las comunidades autónomas gestionan estos planes y en el caso de la Comunidad de Madrid el organismo se llama FENERCOM. https://www.fenercom.com/planes/apoyo-planes-privados/ 

Otro tipo de solicitudes son los préstamos o créditos, este tipo puede ser de diferentes alternativas:

  • Préstamos ecológicos. Disponible si las ventanas que desea instalar son aislantes térmicas y con un coste medio del 5% TAE.
  • Préstamos pre-concedidos. Revisar si su banco ofrece algún tipo de préstamo preaprobado, que suelen estar disponibles para cualquier finalidad.

Para la sustitución de calderas de carbón, gas, gasoil, electricidad o GLP por calderas de condensación y la de calentadores por calentadores estancos de bajo NOx individuales la Comunidad de Madrid eventualmente gestiona el Plan Renove de calderas y calentadores individuales.

La empresa instaladora de la caldera es la que gestiona la ayuda económica, y hay un listado de las mismas.

https://www.fenercom.com/actuacion/plan-renove-calderas-calentadores-individuales/

Sí, el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid ofrece la posibilidad de bonificar de manera simultánea el IBI y el ICIO.

Puede consultar las posibles bonificaciones fiscales en los siguientes enlaces.

Bonificación en el IBI:

https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-ibi-por-instalaciones-solares/

Bonificación en el Impuesto de Construcciones:

https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-en-el-impuesto-de-construcciones-instalaciones-y-obras-icio/

Solo hay bonificación para algunos tipos de vehículos:

Vehículos eléctricos e híbridos enchufables tienen una bonificación del 75 del IVTM para bimodales o híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diesel o eléctrico-gas), los vehículos que utilicen exclusivamente combustible biogás, gas natural, gas líquido, metano, metanol, hidrógeno o derivados de aceites vegetales.

Bonificación IVTM medioambientales:

https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-ivtm-mediambientales/

Sí, este porcentaje varía según las siguientes condiciones:

  • Deducción del 20%, como mínimo.
  • Deducción del 40% como mínimo. Otra opción válida es la mejora de la calificación energética para obtener una clase A o B.
  • Deducción del 60% como mínimo u obtener una calificación energética con clase A o B.

En cada caso, se requiere de un certificado energético previo a la obra, con una antigüedad máxima de 2 años, y un certificado energético tras la obra.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/deducciones-obras-mejora-eficiencia-energetica-viviendas/deduccion-obras-rehabilitacion-energetica/que-se-considera-obras-rehabilitacion-edificio.html

Comunidades energéticas

¿Cuáles son las principales actividades que se desarrollan en una Comunidad Energética?
  • Generación de energía que proceda de fuentes renovables.
  • Proporcionar servicios de eficiencia energética (incluyendo, por ejemplo, renovaciones de edificios).
  • Suministro, consumo, agregación y almacenamiento de energía y potencialmente distribución.
  • Prestación de servicios de recarga de vehículos eléctricos o de otros servicios energéticos.

Para ampliar información https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/comunidades-energeticas

Se definen las Comunidades de Energías Renovables como “entidades jurídicas basadas en la participación abierta y voluntaria, autónomas y efectivamente controladas por socios o miembros que están situados en las proximidades de los proyectos de energías renovables que sean propiedad de dichas entidades jurídicas y que estas hayan desarrollado, cuyos socios o miembros sean personas físicas, pymes o autoridades locales, incluidos los municipios y cuya finalidad primordial sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde operan, en lugar de ganancias financieras.” Por tanto, estas comunidades pueden basarse en instalaciones de cualquier fuente energética, siempre y cuando sea renovable

ENLACES RELACIONADOS

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