AYUNTAMIENTO

AYUDAS Y FINANCIACIÓN

Las ayudas públicas más frecuentes para proyectos e instalaciones relacionados con la eficiencia energética y las energías renovables son las ayudas a fondo perdido (las subvenciones), los créditos blandos a bajo interés (directos o a través de intermediarios) y los incentivos fiscales (bonificaciones en el IBI, ICIO, IVTM, etc.). La financiación privada a través de entidades con experiencia en sostenibilidad energética es una alternativa que permite realizar nuevas instalaciones sin utilizar los ahorros disponibles.

VÍDEOS: AYUDAS Y FINANCIACIÓN

Si eres residente en Covibar puede interesarte el Plan Renueva Covibar que puedes consultar en este enlace.

PREGUNTAS FRECUENTES

La información incluida es válida a efectos orientativos, se recomienda consultar la normativa vigente actual.

Climatización

Necesito obtener un certificado de eficiencia energética de mi vivienda, ¿cómo puedo obtenerlo? En el caso de que lo necesite para obtener una ayuda ¿cuándo debo solicitarlo?

- Debe contratar a un experto en la materia, es decir, un certificador energético. Se puede conseguir en la web o a través de los listados que hay disponibles en los Colegios de Profesionales (arquitectura, y algunas ingenierías). El técnico debe visitar la vivienda, elaborar el certificado, firmar el mismo y registrarlo en la oficina de la Comunidad de Madrid; obtendrá el certificado y la respectiva etiqueta energética.

- Para algunos casos de obtención de ayudas se requiere el certificado antes y después de la mejora o instalación con renovables, por ejemplo, nueva instalación fotovoltaica. Por tanto, debe encargarse antes y después de realizar la mejora.

Dependiendo del origen de la financiación puede ser con fondos públicos o privados. En el primer caso, existen planes Renove de ventanas durante algunos meses del año. Normalmente, las comunidades autónomas gestionan estos planes y en el caso de la Comunidad de Madrid el organismo se llama FENERCOM. https://www.fenercom.com/planes/apoyo-planes-privados/

Otro tipo de solicitudes son los préstamos o créditos, este tipo puede ser de diferentes alternativas:

  • Préstamos ecológicos. Disponible si las ventanas que desea instalar son aislantes térmicas y con un coste medio del 5% TAE.
  • Préstamos pre-concedidos. Revisar si su banco ofrece algún tipo de préstamo preaprobado, que suelen estar disponibles para cualquier finalidad.

Para la sustitución de calderas de carbón, gas, gasoil, electricidad o GLP por calderas de condensación y la de calentadores por calentadores estancos de bajo NOx individuales la Comunidad de Madrid eventualmente gestiona el Plan Renove de calderas y calentadores individuales.
La empresa instaladora de la caldera es la que gestiona la ayuda económica, y hay un listado de las mismas.
https://www.fenercom.com/actuacion/plan-renove-calderas-calentadores-individuales/

La Comunidad de Madrid con fecha de 16 noviembre año 2021 abrió el plazo para solicitar ayudas para sistemas que utilicen sistemas de energías renovables para usos térmicos, entre ellos la biomasa. Estas ayudas van dirigidas a empresas y el sector público.

Las compañías podrán obtener ayudas de entre el 35 y el 50% del coste subvencionable para cambiar su antiguo sistema contaminante por uno sostenible que aproveche energías limpias como el sol, la tierra o la biomasa para generar calor o frío. En el caso de una entidad pública como un colegio, un hospital o un ayuntamiento, este porcentaje puede llegar al 70%.

Transporte

¿Puedo comprar el vehículo antes y luego beneficiarme del programa ayuda MOVES III?

Para autónomos, personas físicas, comunidades de propietarios y entidades públicas sin actividad económica, serán elegibles las actuaciones realizadas con posterioridad al 9 de abril de 2021.

Para entidades jurídicas y públicas con actividad económica, serán elegibles las adquisiciones realizadas con posterioridad al día de generación de la solicitud de la ayuda.

https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-movilidad-y-vehiculos/programa-moves-iii

https://movestresmadrid.com/

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/01/13/BOCM-20220113-27.PDF

Solo hay bonificación para algunos tipos de vehículos:

Vehículos eléctricos e híbridos enchufables tienen una bonificación del 75 del IVTM para bimodales o híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diesel o eléctrico-gas), los vehículos que utilicen exclusivamente combustible biogás, gas natural, gas líquido, metano, metanol, hidrógeno o derivados de aceites vegetales.

Bonificación IVTM medioambientales:

https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-ivtm-mediambientales/

- A nivel del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, se ofrece una bonificación de entre el 60-75%, dependiendo del vehículo que se adquiera, sobre el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).

https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-ivtm-mediambientales/

- En cuanto a la Comunidad de Madrid, se administran fondos europeos mediante el programa MOVES III. En este programa se ofrecen subvenciones por la compra de vehículos eléctricos, por ejemplo, para un turismo de 4.500€ o de 7.000€ si se entrega el vehículo previo (debe tener más de 7 años de antigüedad). Además, se subvenciona hasta el 70 adicional.

- En cuanto a la Comunidad de Madrid, se administran fondos europeos mediante el programa MOVES III. En este programa se ofrecen subvenciones por la compra de vehículos eléctricos, por ejemplo, para un turismo de 4.500€ o de 7.000€ si se entrega el vehículo previo (debe tener más de 7 años de antigüedad). Además, se subvenciona hasta el 70% adicional.

https://www.fenercom.com/actuacion/programa-moves-iii/

  • Para autónomos el límite viene marcado por el reglamento (UE) n º 1407/2013 de la Comisión, relativo a los artículos 107 y 108 del funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
  • Para personas físicas sin actividad económica el límite es de 1 vehículo / persona.
  • Para comunidades de propietarios como personas jurídicas y entidades locales es de 50 vehículos / año.

https://movestresmadrid.com/images/documentacion/Preguntas-Frecuentes-MOVES-3-Vehculos-V02P.pdf

Renovables

 
 

 

 

Para tramitar la ayuda en Autoconsumo de La Comunidad de Madrid, ¿a dónde debo dirigirme?

Puede solicitar la subvención a través del portal de tramitación electrónica de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, en el que se le requerirá certificado digital y al que puede acceder en el siguiente enlace web:

https://sede.fenercom.com/opensiac/action/main?method=enter

Sí, el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid ofrece la posibilidad de bonificar de manera simultánea el IBI y el ICIO. Puede consultar las posibles bonificaciones fiscales:

Bonificación en el IBI: https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-ibi-por-instalaciones-solares/

Bonificación en el Impuesto de Construcciones: https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-en-el-impuesto-de-construcciones-instalaciones-y-obras-icio/

La bonificación al IBI puede solicitarse en una vivienda, para instalación con un mínimo de potencia instalada de 4kW, o edificio por las viviendas de los edificios siempre que la instalación no afecte únicamente a las zonas comunes que no estén dotadas de referencia catastral propia e independiente; y en cada vivienda exista una potencia mínima instalada de 1,5 kW, hasta un máximo de 100 kW como suma total de todas las viviendas.

Dependiendo del valor catastral de la vivienda, las bonificaciones al IBI son las siguientes:

  •  50% de bonificación durante tres años para aquellas viviendas que tengan un valor
    catastral de entre 35.000 y 149.999,99 euros, con un máximo de 250 euros al año.
  •  30% de bonificación durante tres años para viviendas con valor catastral de entre
    150.000 y 199.999,99 euros, con un máximo de 200 euros anuales.
  •  20% de bonificación durante tres años para viviendas cuyo valor catastral oscile entre
    los 200.000 y 300.000 euros, con un tope de 150 euros anuales.

Nota: Las bonificaciones otorgadas a instalaciones que se realizan a final de año entran en el ejercicio presupuestario del año siguiente, por lo que la bonificación se verá reflejada el año posterior al del ejercicio presupuestario. En este caso concreto, no se verán reflejadas hasta 2023.

https://www.rivasciudad.es/tramite/bonificacion-ibi-por-instalaciones-solares/

  • Sí puede deducir en el IRPF y este porcentaje varía según las siguientes condiciones:
    •  Deducción del 20, como mínimo.
    •  Deducción del 40 como mínimo. Otra opción válida es la mejora de la calificación energética para obtener una clase A o B.
    •  Deducción del 60 como mínimo u obtener una calificación energética con clase A o B.

  • En cada caso, se requiere de un certificado energético previo a la obra, con una antigüedad máxima de 2 años, y un certificado energético tras la obra.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/vivienda-otros-inmuebles/deducciones-obras-mejora-eficiencia-energetica-viviendas/deduccion-obras-rehabilitacion-energetica/que-se-considera-obras-rehabilitacion-edificio.html

ENLACES RELACIONADOS

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