AYUNTAMIENTO

Moción del Grupo Municipal Socialista y el Grupo Municipal de Izquierda Unida, Equo, Más Madrid para la «Defensa de la Educación Pública garantizando una enseñanza de principios de convivencia, respeto y tolerancia».

Pleno de 30 de enero de 2020.

El Sr. Concejal D. Alberto Cabeza Saco da lectura a la siguiente moción:

“En el  27. 1 del Título I. De los derechos y deberes fundamentales de la Constitución Española de 1978 se afirma que “todos tienen el derecho a la educación”, reconociéndose “la libertad de enseñanza”. Además, el apartado 2 del artículo 27 se encarga de establecer que el objeto de la educación será “el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”. Esta definición enmarca dicho derecho y establece el pleno desarrollo de la personalidad humana fundamentada en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”, tal y como recoge en su artículo 26 la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención de los Derechos del Niño y la Niña, que en su artículo 3, párrafo 1 proclama que el interés superior del menor siempre debe prevalecer, en tanto en que los niños y niñas son sujetos de derechos cuya libertad tiene que ser protegida por las instituciones.

En la Comunidad de Madrid, además, la LEY 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra la LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad sexual, que fue uno de los grandes consensos alcanzados por todas las fuerzas políticas en la X legislatura de la Asamblea de Madrid, especifica en su Artículo 30 que la Comunidad de Madrid “favorecerá en los centros sostenidos con fondos públicos la realización de actividades específicas para el reconocimiento de la igualdad del colectivo LGTBI, para poder dotar de una visibilidad a esta realidad tradicionalmente escondida en el ámbito escolar”, con el objeto de luchar contra el acoso escolar por razones de LGTBIfobia.

El libre desarrollo de la personalidad, como garante de la autonomía personal y en relación con el derecho a la educación, contribuye a que la persona posea una libertad de elección real y personal frente a los diferentes y diversos retos que plantea la vida. Y esa libertad de elegir entre las diferentes opiniones y conductas hace posible que se puedan ejercer otros derechos fundamentales, tales como la libertad ideología, la libertada religiosa, y el derecho a la no discriminación por razón de sexo, raza o cualquier otra condición. Así, la educación plena e integral se configura como pieza fundamental para que las personas sean libres e iguales en derechos y libertades.

La construcción de un espíritu crítico se puede impedir por una deficiente e incompleta formación, por desconocimiento y deformación de la realidad, y por la manipulación del pensamiento a través de la repetición de falsedades. Esto es lo que puede denominarse adoctrinamiento, es decir, inculcar determinadas ideas o creencias distorsionando la forma en la que se percibe la realidad y dirigiendo su pensamiento hacia una ideología o forma de pensar determinada.

Lamentablemente, la escuela se ha convertido en foco de adoctrinamiento para la derecha, intentando implantar un modelo conservador y parcial, que limita el currículo educativo a los contenidos que consideran aptos pero que excluyen realidades sociales e incluso históricas y busca introducir un mayor centralismo y control de la educación y de los procesos educativos. Para esta manera de pensar, la diversidad sexual, los diversos tipos de familia, la laicidad, la igualdad por razón del lugar de nacimiento, o la plena igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, son idealismos progres, que contaminan y que por ello no deben ser objeto de aprendizaje en los centros educativos. No se puede aceptar que, basándose en el derecho de las familias a elegir la educación de los hijos e hijas —que es claro que existe—, se pretenda dejar sin efecto o cercenar el deber del profesorado en educar de acuerdo a los derechos fundamentales, o el derecho del alumnado a recibir una formación integral para el pleno desarrollo de su personalidad. Como nos insisten desde los Tribunales y doctrinas constitucionales, no existe ningún derecho absoluto, todos tienen límites y todos ellos han de ser ejercidos en la medida de lo posible.

Hasta la entrada en vigor de la LOMCE, los consejos escolares tenían la competencia de aprobar la programación anual y las actividades complementarias de los centros educativos, siendo el mejor mecanismo para, a través de la participación de docentes, familias y en su caso alumnado, establecer cuantas garantías sean necesarias en el mayor interés de la protección del menor. Sin embargo, en el redactado de la última modificación legislativa en educación, eliminó esta competencia y evitó impulsar y apostar por una creciente participación de las familias en los centros.

Pero la educación es un proceso activo en el que participan docentes de diferentes sensibilidades e ideologías. Tiene la riqueza de ofrecer pluralidad de experiencias, materias y asignaturas susceptibles de distintos enfoques y por tanto de generar pensamiento en el alumnado. La filosofía, la historia, la religión, la literatura, el arte, ciencias, la asignatura de valores, etc., son materias del currículo educativo que generan pensamiento y ayudan a crear espíritu crítico.

No podemos olvidar que la educación es la mejor vía de progreso social y frente a la deriva centralista, adoctrinadora y controladora, es de vital importancia mostrar y afianzar el apoyo y la confianza en la profesionalidad de los equipos docentes y de la inspección educativa, confiar en nuestro sistema educativo y garantizar una formación integral para todos los niños y niñas.

En suma, que el proceso de educación no puede desarrollarse plenamente si se obvian, como se pretende desde los sectores reaccionarios, principios tan básicos como la dignidad de la persona (art. 10 CE), el principio de no discriminación (art. 14 CE), o la libertad ideológica y religiosa (art. 16 CE).

Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Socialista presenta al Pleno Municipal los siguientes

ACUERDOS

PRIMERO: Velar por el cumplimiento de los artículos 27.1 que defiende el derecho a la educación y la libertad de enseñanza y 27.2 de la Constitución española que tiene como fundamento el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

SEGUNDO: Reforzar el cumplimiento de los planes de igualdad, protocolos LGTBI y formación en igualdad en los centros educativos para la prevención de la violencia de género y superar el sexismo.

TERCERO: Garantizar la pluralidad de pensamiento, la enseñanza de principios de convivencia, respeto y tolerancia que una sociedad democrática debe compartir a todos los alumnos y alumnas en la educación obligatoria tal y como recomienda el Consejo de Europa.

CUARTO: Promover una campaña de apoyo a la profesionalidad e independencia docente y de apoyo a la libertad de cátedra para que se fomente una educación basada en la libertad de pensamiento y el desarrollo de la capacidad crítica del alumnado.

QUINTO: Instar al Gobierno de España a la modificación de la ley educativa para recuperar las competencias de los consejos escolares en la aprobación de la programación de los centros, así como impulsar una mayor implicación y participación de las familias en los centros educativos, de acuerdo a lo establecido en nuestra Constitución.

SEXTO: Reforzar la autonomía de los órganos directivos de los centros educativos como piezas claves para la mejora de nuestro sistema educativo y como medio para garantizar el cumplimiento del artículo 27 sobre el Derecho a la educación y su desarrollo, recogido en la Constitución.”

La moción es aprobada por 21 votos a favor emitidos por D. Pedro del Cura Sánchez, Dª Aída Castillejo Parrilla, D. José Luis Alfaro González, Dª Yasmín Elena Manji Carro, D. Enrique Corrales López, Dª María del Carmen Rebollo Álvarez, D. José Manuel Castro Fernández, Dª. Mónica Carazo Gómez, D. Omar Anguita Pérez, Dª Pilar Gabina Alonso García, D. Juan Manuel Callejas González de Mendoza, Dª María Luisa Pérez González, D. Alberto Cabeza Saco, Dª Elena Muñoz Echeverría, D. Bernardo González Ramos, D. Luis Mas Gutiérrez, Dª María Teresa Cintora Conde, D. Mario González Parra, D. Roberto de la Hoz Segura, Dª. Vanesa Millán Buitrago y Dª. Amaya Leticia Gálvez Espinar, 4 votos en contra emitidos por Dª Janette Novo Castillo, D. Francisco José Gallardo López, Dª Mª de los Ángeles Guardiola Neira y D. Antonio Sanz González y ninguna abstención.

 

 

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