Por la portavoz del Grupo Municipal Popular, se da lectura de la moción presentada del siguiente tenor literal:
El 15 de octubre de 1977, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Amnistía que siguió el principio de reconciliación nacional que guió nuestra Transición a la democracia. La amnistía era una demanda social y una necesaria e imprescindible impugnación del ordenamiento jurídico de la dictadura. Fue uno de los instrumentos con los que se puso punto final a la represión que sufrió una parte de la sociedad española y uno de los grandes acuerdos que consolidaron nuestro camino a la democracia.
Durante la tramitación de la Constitución de 1978 se debatió la cuestión de la amnistía, ya que se presentaron dos enmiendas para que las Cortes Generales pudieran tener esa competencia. Las enmiendas fueron rechazadas y, por el contrario, se aprobó el artículo 62 que prohíbe indultos generales. Es decir, el perdón -que sí existe en nuestro ordenamiento y que está regulado en la Ley del Indulto-, debe ser siempre individualizado y nunca con carácter general.
En una democracia europea consolidada, como es la española de 2023, una amnistía, además, atenta contra algunos de los principios básicos del Estado de Derecho como son la exclusividad del poder judicial para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, la igualdad en la aplicación de la ley y la seguridad jurídica. Ni el legislador ni el poder ejecutivo pueden arrogarse la facultad de declarar inmune a un grupo de personas, borrar sus delitos e incluso evitar que sean juzgados como cualquier otro ciudadano. Todo ello además mientras que, tanto el Tribunal de Justicia de la UE como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, tienen pendientes resoluciones referidas a la cuestión sobre la que se plantea la posible amnistía y que afectan a España.
En 2017 se produjo un intento de insurrección por parte de los poderes públicos de Cataluña contra el orden constitucional. La reacción del Estado de Derecho fue la aplicación del artículo 155 de la Constitución y la puesta en marcha de los instrumentos penales contra sus impulsores.
El Tribunal Supremo condenó a sus principales líderes a penas de entre 9 y 13 años por sedición y malversación. El principal de los responsables, Carles Puigdemont, huyó al extranjero. Desde entonces trata de evitar la acción de los tribunales españoles y europeos. No fue el único que lo hizo. El pasado 5 de septiembre, Puigdemont condicionó la gobernabilidad de España a, entre otras cuestiones, la aprobación de una Ley de Amnistía que favorezca a los encausados por el referéndum ilegal de 2017, en ocasiones por hechos de extremada gravedad. No es la primera vez que se plantea esta cuestión. Ya en 2021 se registró una iniciativa de estas características en el Congreso y los Letrados emitieron un informe contundente. Además, tanto Pedro Sánchez como otros ministros juristas de su Gobierno como Juan Carlos Campo, Fernando Grande Marlaska y Carmen Calvo, afirmaron en el pasado la inconstitucionalidad de una posible amnistía.
Los hechos y los supuestos jurídicos siguen siendo idénticos, pero han cambiado las circunstancias políticas. Pedro Sánchez, en un intento desesperado por conservar la Presidencia del Gobierno, se ha abierto a que se pueda tramitar una Proposición de Ley. Además de suponer una inconstitucionalidad flagrante, de nuevo se pretende utilizar un atajo para evitar los controles de legalidad del CGPJ, la Fiscalía y el Consejo de Estado.
El precio de la Presidencia no sería solo exculpar centenares de delitos sino deslegitimar el Estado de Derecho, equiparándolo, a ojos del mundo, a una dictadura, y blanquear y considerar la legitimidad de la sedición que se llevó a cabo; se les concedería a los golpistas su falacia de que son «presos políticos». En definitiva, un inasumible precio para cualquier gobernante decente, y para España entera, que está causando una profunda conmoción social.
Por todo cuanto antecede, el GRUPO MUNICIPAL POPULAR propone a la aprobación del Pleno del Ayuntamiento la siguiente:
MOCIÓN
- Rechazar cualquier tipo de amnistía o indulto generalizado no individualizado para cualquier ciudadano español, cualquiera que sea su delito.
- Considerar que el Estado de Derecho es la expresión de la voluntad popular tal y como establece el preámbulo de la Constitución, y compromete a todos los poderes para su cumplimiento.
- Animar a los dos partidos mayoritarios a buscar acuerdos de Estado que eviten que la sociedad española se vea sometida al chantaje de los independentistas o abocada a una repetición
- Dar traslado de estos acuerdos a Presidencia del Gobierno, a la Vicepresidencia primera y Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a la Vicepresidencia segunda y Ministerio de Trabajo y Economía Social, al Ministerio de Política Territorial, y a los portavoces parlamentarios en el Congreso y el Senado.
Una vez cerrado el debate, el Pleno, previa deliberación y debate ACUERDA por 11 votos a favor emitidos Dª. Janette Novo Castillo, D. Francisco José Gallardo López, D. Álvaro Garrucho Díaz-Pavón, Dª. María del Camino Rodríguez Prieto, D. Jesús Martínez Caballero, D. José Luis Borrallo Álvarez, Dª. Leticia María Panadero Sáez, D. Ignacio Checa Rojo, D. Francisco Javier Gil Rodríguez y Dª. Eliana Palacios Albornoz y Dª. María De Los Ángeles Guardiola Neira, y 14 votos en contra emitidos por Dª. Aida Castillejo Parrilla, Dª. Rosario Sandoval Morales, D. José Luis Alfara González, Dª. Yasmín Elena Manji Carro, D. José Manuel Castro Fernández, Dª. Misericordia Chamorro Sánchez, Dª. Manuela Refolio Bonito, Dª. Ángela Vijández Salas, D. Juan José González Bias, Dª. Mónica Carazo Gómez, D. Luis Gabriel Altares Del Cabo, Dª. Pilar Gabina Alonso García, D. Alberto Cabeza Saco, Dª. María Luisa Pérez González
Por consiguiente, la moción presentada no resulta aprobada