AYUNTAMIENTO

Moción del Grupo Municipal para garantizar la neutralidad política en el ámbito educativo y exigir la supresión de la actividad «Educación por Palestina» incluída en el PAMCE

Durante el pasado mes de septiembre, el Gobierno Local ha presentado la XXVII edición del Programa de Apoyo Municipal a los Centros Educativos (P AMCE), iniciativa que cada curso académico ofrece a los centros educativos de la ciudad un conjunto de actividades complementarias promovidas por el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid.

Entre las actividades anunciadas para el curso 2025-2026, figura una denominada "Educación por Palestina", dirigida al alumnado de 4º de ESO y Bachillerato e impulsada por la Concejalía de Cooperación, bajo la coordinación de una técnica municipal. Según el propio documento oficial del Ayuntamiento, esta sesión de 50 minutos incluye dinámicas como:

  • Un "role play sobre la ocupación", en el que los alumnos representan situaciones vividas en Palestina;
  • Una ronda de afirmaciones que los estudiantes deben calificar como verdaderas o falsas para "desmentir bulos y ampliar su pensamiento crítico con la información distribuida por los mass media";
  • Y la proyección de un documental elaborado por la organización RivasvahaciaPalestina, seguido de un debate "sobre las experiencias personales vividas allí".

Estas actividades son presentadas bajo el supuesto propósito de promover "la empatía y la conciencia global", pero carecen de toda garantía de neutralidad ideológica, rigor académico y equilibrio informativo. Es especialmente preocupante que se plantee como objetivo explícito "conocer el pensamiento y la opinión del alumnado sobre el conflicto" o "valorar si su conocimiento ha cambiado" al final de la sesión, lo que sugiere una intención de modificación ideológica o de influencia política impropia del ámbito educativo.

A ello se suma la opacidad del Gobierno Local respecto a la identidad y cualificación real de los denominados "expertos en Derechos Humanos" que impartirán la actividad, limitándose el programa a indicar que se trata de "personas con formación en el sector educativo y social" y "formación específica en DDHH", sin detallar su pertenencia institucional ni su procedencia. Esta falta de transparencia vulnera los principios básicos de control y fiscalización de la acción pública municipal.

Resulta igualmente injustificable que se promueva, con recursos públicos y dentro de los centros escolares, un análisis de los "bulos difundidos por los medios de comunicación", lo que supone una intromisión directa en el juicio crítico del alumnado y una deslegitimación de la prensa libre, pilar fundamental de toda democracia.

Del mismo modo, la introducción de "juegos de rol sobre la ocupación" en un conflicto tan sangriento y sensible como el palestino-israelí constituye una banalización inaceptable del sufrimiento humano y un ejercicio impropio en un entorno escolar.

Este tipo de iniciativas se enmarca, lamentablemente, en una línea de politización progresiva de los centros escolares por parte del Gobierno Local, que ha sido objeto incluso de controversia pública. Tal y como han recogido diferentes medios de comunicación, el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid habría presionado a la dirección de un colegio público que se opuso a la realización de actos de activismo propalestino dentro de sus instalaciones, lo que evidencia una preocupante voluntad de injerencia política en el ámbito educativo y constituye un grave precedente de utilización de la escuela pública como espacio de propaganda política y de presión ideológica.

El conflicto palestino-israelí, intensificado tras los ataques terroristas de Hamás del 7 de octubre de 2023, es una cuestión de enorme complejidad geopolítica y moral, objeto de debate en los más altos foros internacionales. Resulta inadmisible que un Ayuntamiento pretenda erigirse en árbitro ideológico de ese conflicto, promoviendo una visión parcial y políticamente orientada ante menores de edad.

La educación pública española, conforme a los artículos 27.2 y 27.3 de la Constitución Española, tiene como fin el pleno desarrollo de la personalidad en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, correspondiendo a los poderes públicos garantizar la neutralidad ideológica de los centros docentes sostenidos con fondos públicos. En el mismo sentido, la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE), establece, en su artículo 18, que «todos los centros públicos desarrollarán sus actividades con sujeción a los principios constitucionales, garantía de neutralidad ideológica y respeto de las opciones religiosas y morales a que las que hace referencia el artículo 27.3 de la Constitución».

Asimismo, el mandato del artículo 103.1 de la Carta Magna dispone la obligación de evitar el uso ideológico de los recursos públicos o de los programas educativos municipales.

Por otra parte, la Ley 7 /1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en su artículo 25.2.n), atribuye a los municipios competencias en materia de promoción de la cultura y la educación, siempre dentro del respeto al marco competencial estatal y autonómico. Ello implica que las actividades organizadas por el Ayuntamiento en el ámbito escolar deben ser complementarias y mantener un carácter estrictamente educativo y no propagandístico.

Esta doble exigencia de neutralidad educativa y objetividad institucional ha sido reiteradamente subrayada por la jurisprudencia constitucional: la STC 5/1981 afirmó que en la enseñanza pública rige la neutralidad ideológica, que obliga a los docentes a la renuncia a cualquier forma de adoctrinamiento (FJ 8); y la STC 34/2023 reiteró que la educación pública debe garantizar su neutralidad ideológica, subrayando la posición reforzada de objetividad de la Administración en este ámbito. En línea con esta doctrina de neutralidad, la STS 564/2020 fijó que no resulta compatible con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones la utilización, incluso ocasional, de símbolos no oficiales en edificios públicos; principio trasladable al uso de recursos municipales y espacios escolares con finalidad de orientación política

Por todo ello, el Grupo Municipal Popular considera que la actividad "Educación por Palestina" constituye un uso partidista de la política educativa municipal, vulnera el principio de neutralidad institucional y compromete gravemente la imagen de objetividad que deben guardar los centros educativos de Rivas Vaciamadrid; y por tanto propone al pleno para su aprobación los siguientes

ACUERDOS

PRIMERO. Exigir la supresión inmediata y definitiva de la actividad denominada "Educación por Palestina", incluida en el XXVII Programa de Apoyo Municipal a los Centros Educativos (PAMCE), por su manifiesto carácter ideológico, su falta de neutralidad y su alejamiento de los principios de objetividad y pluralismo establecidos en la Constitución y la legislación educativa vigente.

SEGUNDO. Requerir al Gobierno Local la dación de cuentas ante el Pleno municipal sobre los recursos económicos, materiales y humanos comprometidos o previstos para la organización de dicha actividad, incluyendo los honorarios, contratos, convenios o subvenciones destinados a su ejecución.

TERCERO. Solicitar la identificación pública y el expediente completo de las personas u organizaciones que vayan a impartir o colaborar en la actividad, detallando su perfil, titulación y relación contractual con el Ayuntamiento o con terceros.

CUARTO. Instar al Gobierno Local a presentar, en el plazo máximo de 30 días, un informe técnico y económico de todas las actividades del PAMCE que aborden cuestiones de carácter político o internacional en los últimos cinco años, especificando su coste, objetivos, contenidos y entidades colaboradoras.

QUINTO. Instar al Ejecutivo municipal a abstenerse de incluir en el futuro actividades de contenido político o ideológico, centrando los programas educativos municipales en valores universales como la paz, la cooperación o la justicia social, tratados desde una perspectiva neutral, plural y estrictamente educativa.

SEXTO. Dar traslado de la presente moción, una vez aprobada, a la Concejalía de Educación, a la Concejalía de Cooperación, a la Dirección de Área Territorial Madrid­Este, a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, y a las direcciones de los centros educativos públicos y concertados de Rivas Vaciamadrid.

Una vez cerrado el debate, el Pleno, previa deliberación y debate ACUERDA por 11 VOTOS A FAVOR emitidos por Dª. Janette Novo Castillo, D. Francisco José Gallardo López, D. Álvaro Garrucho Díaz-Pavón, Dª. María del Camino Rodríguez Prieto, D. Jesús Martínez Caballero, Dª. Leticia María Panadero Sáez, D. Francisco Javier Gil Rodríguez, Dª. Amara María Gómez Garzón, D. José Luis Borrallo Álvarez, Dª Eliana Palacios Albornoz y Dª María Ángeles Guardiola Neira 14 VOTOS EN CONTRA de Dª. Aida Castillejo Parrilla, Dª. Rosario Sandoval Morales, D. José Luis Alfara González, Dª. Yasmín Elena Manji Carro, D. José Manuel Castro Fernández, Dª. Misericordia Chamorro Sánchez, Dª. Manuela Refolio Bonito, Dª. Ángela Vijández Salas, D. Juan José González Blas, Dª. Mónica Carazo Gómez, Dª. Pilar Gabina Alonso García, D. Alberto Cabeza Saco, Dª. María Luisa Pérez González, y Dª María Elena Muñoz Echeverría, SIN ABSTENCIONES.

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