El concejal no adscrito Bernardo González Ramos, da lectura a la siguiente moción:
"En el mes de julio de 2021, el Gobierno municipal paralizó las licencias de construcción en el Sector Cristo de Rivas, extendiendo dicha paralización a toda la ciudad en noviembre de 2021. Basándose en un diagnóstico realizado por EZQUIAGA ARQUITECTURA, SOCIEDAD Y TERRITORIO, S.L., en el Pleno del pasado mes de diciembre de 2022 la suspensión de licencias urbanísticas fue prorrogada y se suspendió los cambios de vivienda a apartamentos turísticos en toda la ciudad y las licencias de apartamentos turísticos en todos los polígonos del municipio.
Tras la información publicada por varios medios de comunicación como ABC y 20 Minutos, donde se revela la adquisición de un apartamento turístico por la vicealcaldesa del PSOE, entendemos imprescindible que la Sra. Carazo debía haber comparecido por voluntad propia al objeto de esclarecer los detalles de la referida compraventa ante un presunto conflicto de intereses personales en la votación de la prórroga de la suspensión de las licencias de construcción en el Pleno del 15 de diciembre de 2022, que afecta también a las tramitaciones que persigan la implantación de usos turísticos o de hospedaje de larga estancia.
En la referida votación, la vice alcaldesa no se inhibió y votó a favor de la prórroga de la paralización, por lo que debe quedar fuera de toda duda el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades inherentes a su cargo, sin que haya sospechas de un posible interés personal en prorrogar la suspensión de las licencias de construcción, incluidos los apartamentos turísticos.
Desde el día 5 de febrero que salió la noticia hasta la fecha de hoy ni la Vicealcaldesa como interesada, ni la Alcaldesa como máxima responsable del Ayuntamiento y con la capacidad de delegar responsabilidades y, por tanto, máxima responsable de lo que hacen los miembros de su equipo de gobierno, han aclarado lo ocurrido. La Sra. Castillejo no ha dado explicaciones ni ha tomado decisiones ante unos presuntos hechos tan graves, convirtiéndose en responsable por omisión.
Ante un posible conflicto de intereses personales, la Sra. Carazo debía haberse abstenido en el Pleno del día 15 de diciembre en el acuerdo que se tramitaba la suspensión de las licencias de apartamentos turísticos. Ya que la abstención tiene su fundamento en los principios de imparcialidad y de neutralidad en la actividad administrativa.
La doctrina jurisprudencia! entiende que el interés de los miembros corporativos es general e institucional y, por tanto, no concurre motivo de abstención cuando existe un interés institucional, en consecuencia, las normas urbanísticas con carácter generalizado afectan a todas las titularidades sobre inmuebles urbanos y a la mayoría de los vecinos de una localidad. Como se recoge en la STS de 30 de abril de 1984 (Ar. 4589) expresa lo siguiente: "... La aprobación de unas normas urbanísticas como las impugnadas, afectan a todas las titularidades sobre inmuebles urbanos, en cuanto que todas ellas quedan sujetas a prescripciones, en consecuencia todos los titulares tienen interés respecto de dichas normas, ahora bien, el carácter generalizado de dicho interés, que en su persona o en la de los familiares afecta a la mayoría de los vecinos de una localidad, no puede considerarse motivo de abstención en los miembros de la Corporación Municipal, pues para que se produzca el supuesto contemplado en el artículo 227 del citado Reglamento, es preciso que concurra en el Alcalde o Concejal, un interés directo en su persona o en la de los familiares que se determinan, que lo sitúe en una posición individualizada en relación con el acuerdo que se trata de adoptar, en cuanto que el mismo puede incidir de una forma especialmente intensa respecto de dicho interesado, no siendo suficiente para que la abstención opere, los supuestos como el presente en los que el interés del Alcalde o Concejales, no va más allá, del que comparte la generalidad de los miembros de la Comunidad y en los que la incidencia del acuerdo, dado su carácter general, no muestra particularidad alguna respecto de los mismos." o la STSJ de Andalucía de 1 de julio de 2002 (Ar. 242623), en el FJ Cuarto, párrafo tercero, que señala" ... , no puede llevarse este deber de abstención a una interpretación de tal alcance que hiciera inviable la adopción de acuerdos de aprobación del planeamiento urbanístico del tipo del impugnado, por cuanto esta clase de acuerdos afecta siempre a los miembros de la Corporación, en tanto vecinos del mumciprn y normalmente titulares de derechos o intereses concernidos por el tratamiento urbanístico."
La Jurisprudencia ha sentado una doctrina según la cual es necesario distinguir entre interés personal e interés institucional, entendiendo que no concurre motivo de abstención cuando se trate de asuntos en los que el corporativo tenga interés por razón de su cargo, es decir que el interés sea institucional, y que existe un interés personal cuando de la resolución o acuerdo pueda obtenerse alguna ventaja o beneficio los efectos que la misma pueda producir en su patrimonio, por tanto, existiría causa de abstención, por interés personal la Vicealcaldesa. Según este precepto, ha venido siendo interpretado por la jurisprudencia del Tribunal Supremo (SSTS de 18 de marzo de 2010, 13 de diciembre de 2009, 26 de mayo de 2003 o 20 de diciembre de 1999, entre otras).
Se hace necesario la puesta en marcha de una Comisión de Investigación que determine si la Sra. Carazo tiene o no interés personal en la suspensión de las licencias de apartamentos turísticos y cambio de uso de vivienda a uso turístico. Ya que la falta de abstención es siempre una actuación irregular sometida a sospecha de parcialidad y que anuda responsabilidades de diversa índole.
También hemos sido conocedores por otro medio de comunicación, que José María Ezquiga redactor del documento de diagnóstico urbanístico, en el que se basó dichas suspensiones, encargado por la concejalía de urbanismo dirigida por el partido socialista. Ha sido incluido en el equipo de asesores de la candidata del partido socialista al Ayuntamiento de Madrid. Que es dueño del estudio de arquitectura que se le han concedido 2 contratos desde la concejalía de urbanismo por un valor superior a 120.000€. Acrecentándose aún más las a sospecha de imparcialidad en las decisiones tomadas.
En base a todo lo anterior expuesto y el histórico que tiene el Ayuntamiento ante situaciones como esta en la que un corporativo o familiar de este ha estado bajo sospecha, tres han sido las comisiones de investigación que se han puesto en marcha en nuestra ciudad. En 2001 siendo Fausto Fernández alcalde, se tuvo que cesar por unanimidad del pleno a la concejala Socialista María Jesús Fernández Gamba y al director de Recursos Humanos por filtrar las preguntas de una oposición a administrativos a hijos y familiares del PSOE de Rivas.
En el año 2013 siendo alcalde José Masa, se puso en marcha una comisión de investigación para aclarar las cuentas de la EMV tras el informe de la Cámara de cuentas que establecían un agujero de 13 millones de euros. En esta comisión presidida por el PP, participó de manera activa y exigiendo transparencia la propia Carazo como concejala del grupo socialista.
Y en el año 2014 a propuesta del alcalde Pedro del Cura, se puso en marcha una comisión de investigación abierta al público y presidida por un concejal de la oposición, para aclarar la participación de la concejala Tania Sánchez en adjudicaciones de la JGL a la empresa de su hermano. Aquí también participó la señora Carazo y si acudimos a la hemeroteca eran habituales sus peticiones de dimisión contra concejales de IU por su falta de ética.
O podemos recordar las palabras que la Sra. Carazo dijo el 27 de noviembre de 2014 "la responsabilidad les va a llevar a crear del mismo modo que se creó hace unos meses una comisión de investigación, va a llevar a que todos los que estamos aquí sentados apoyemos una comisión de investigación, que aclare todas y cada una de las cuestiones de las que se están dilucidando si son irregulares o no .................................... Creo que es lo suficientemente serio como para que se... con la mayor brevedad posible y urgentemente se convoque y se cree una comisión de investigación que aclare y dé unas conclusiones claras para que a partir de ahí podamos saber si se tienen que tomar unas medidas unas actuaciones y poder limpiar la gestión municipal de este ayuntamiento que ahora mismo está en entredicho nuevamente".
Como ya ocurrió en 2001, 2013 y 2014 se hace necesario la puesta en marcha de una Comisión de Investigación por transparencia y para que se aclaren la presunta actuación irregular de la Sra. Carazo, que están ensombreciendo la gestión municipal de este ayuntamiento.
Por todo ello, el Concejal No Adscrito D. Bernardo González Ramos y el Grupo Municipal Mixto (PP) elevan al Pleno para su debate y aprobación los siguientes
ACUERDOS:
PRIMERO-. Constituir en el plazo de una semana max1mo una Comisión de Investigación que aclare todas las dudas respecto a este caso.
SEGUNDO-. Que la Comisión de Investigación sea pública y esté presidida por un corporativo de los grupos de la oposición como en anteriores comisiones.
TERCERO-. Si no se constituyera la Comisión de Investigación en el plazo previsto, la Sra. Alcaldesa, siendo conocedora de estos hechos, procederá a poner en conocimiento de la Fiscalía Anticorrupción y el juzgado de Arganda del Rey la información de la que se dispone ante la negativa de la Sra. Carazo de aclarar este asunto, a fin de que se lleve a cabo la investigación de una actuación poco transparente que no puede en ningún caso ser encubierta."
La moción es rechazada por 4 votos a favor emitidos por Mª de los Ángeles Guardiola Neira, Bernardo González Ramos, Janette Novo Castillo y Francisco José Gallardo López; 19 votos en contra emitidos por Aída Castillejo Parrilla, José Luis Alfara González, Yasmín Elena Manji Carro, Manuela Refolio Bonito, María del Carmen Rebollo Álvarez, José Manuel Castro Fernández, Ángela Vijández Salas, Mónica Carazo Gómez, Luis Gabriel Altares del Cabo, Pilar Gabina Alonso García, Juan Manuel Callejas González de Mendoza, María Luisa Pérez González, Alberto Cabeza Saco, Elena Muñoz Echeverría, Vanesa Millán Buitrago, Amaya Leticia Gálvez Espinar, Roberto de la Hoz Segura, Luis Mas Gutiérrez, y Jorge Badorrey Cuesta, y una abstención correspondiente a Antonio Sanz González