AYUNTAMIENTO

Declaración Institucional sobre el cementerio municipal de Rivas Vaciamadrid

Pleno de 23 de julio de 2020.

Dª Janette Novo Castillo, portavoz del Grupo Mixto y concejala del Grupo Popular, da lectura a la siguiente declaración institucional:

“Desde hace unos años el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid firmó un acuerdo aprobado en Pleno, con el Ayuntamiento de San Fernando de Henares para poder garantizar a nuestros vecinos y vecinas que las personas empadronadas que fallecieran en nuestra ciudad y que no pudieran ser enterradas en suelo ripense debido a la colmatación de nuestro cementerio pudieran hacerlo en el del municipio vecino, dando así cumplimiento legal a esta competencia propia municipal.

Además de los inconvenientes de desplazamiento que esto conlleva para los familiares, el convenio con el Ayuntamiento de San Fernando de Henares no contempla ninguna reducción en la tasa municipal que los ripenses tienen que pagar a la localidad limítrofe, la de no residentes, ya que este importe es menor sólo para los empadronados en su municipio.

A pesar de que nuestra ciudad tiene una de las tasas de mortalidad más bajas de España, y que cuenta con una mayoría de población joven, los ripenses que se encuentran en un rango de edad comprendido entre los 71 y los 90 años, ascienden a 4.154 personas.

Las unidades de enterramiento de nuestro cementerio municipal están agotadas y la situación se ha agravado como consecuencia de la pandemia de COVID-19, lo que ha provocado que se haya tenido que acometer de urgencia la ampliación del cementerio para aumentar el número de nichos y columbarios, pero esa solución es temporal.

La necesidad de un nuevo cementerio, competencia estrictamente municipal, es una realidad que viene siendo debatida desde hace años y hay un acuerdo plenario sobre la construcción de otro camposanto.

La normativa establece que todo cementerio deberá contar necesariamente con las siguientes instalaciones:

a)  Número de sepulturas o unidades de enterramiento vacías adecuado al censo de la población de referencia del cementerio, o por lo menos terreno suficiente para su construcción, dentro de los veinticinco años siguientes.

b)  Abastecimiento de agua potable y servicios sanitarios adecuados, para el personal y los visitantes.

c)  Osario general destinado a recoger los restos cadavéricos provenientes de las exhumaciones.

d)  Servicio de control de plagas contratado con empresa autorizada cuando dicho servicio no esté integrado dentro de la propia empresa responsable de la gestión del cementerio.

2. Los cementerios cuya población de referencia supere los 5.000 habitantes deberán poseer, además:

a)  Local o locales destinados a depósito de cadáveres. La obra estará construida con materiales lisos e impermeables para que puedan ser lavados y desinfectados con facilidad. Estos depósitos podrán ser utilizados además como sala de autopsias, debiendo disponer del material e instalaciones necesarias para este fin. b)  Asimismo deberá existir una cámara frigorífica, como mínimo de dos cuerpos, para conservación de cadáveres hasta su inhumación.

Aunque algunos de estos requisitos normativos ya se cumplen en el cementerio actual, la solución definitiva sería la construcción de un nuevo cementerio adecuado a una ciudad de 94.000 habitantes.

En nuestro actual cementerio, hay algunos enterramientos antiguos cuyos titulares deciden no renovar o que están abandonados. Los derechos de la concesión caducarán por abandono siempre y cuando hayan transcurrido diez años sin efectuarse inhumación en sepulturas, o nichos.

Como otra posible solución transitoria para contar con más unidades de enterramiento, deben incoarse expedientes administrativos de caducidad de los derechos por abandono manifiesto, a fin de que el Ayuntamiento pueda disponer de las sepulturas.

Por todo cuanto antecede, el Pleno del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid:

ACUERDA

1.- Abrir los correspondientes expedientes administrativos de caducidad de los derechos por abandono en las concesiones de sepulturas, nichos y columbarios en los que se aprecien sensibles signos externos de continuado abandono en la conservación siempre y cuando hayan transcurrido al menos diez años sin efectuarse inhumación en los mismos, de modo que de declararse la caducidad el Ayuntamiento pueda disponer de la unidad de enterramiento.

2.- Impulsar la puesta en marcha de los trámites necesarios para el estudio y proyecto de construcción del nuevo cementerio de Rivas Vaciamadrid, como solución definitiva a la actual problemática y acorde a una ciudad de más de 94.000 habitantes. “

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