AYUNTAMIENTO

Comisiones Especiales

De acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en materia de régimen local, le corresponde al Pleno de la Corporación determinar el número y denominación de las Comisiones Informativas de estudio y dictamen (Art. 38 del del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales).

La creación de las Comisiones Informativas se aprobaron en el Pleno Extraordinario de 4 de julio de 2019.

COMPETENCIAS

Son comisiones informativas especiales las que el Pleno acuerde constituir para un asunto concreto, en consideración a sus características especiales de cualquier tipo. Son órganos sin facultades resolutivas, que se extinguen una vez finalizado el estudio para el que fueron creadas, salvo que se disponga lo contrario

COMPOSICIÓN

Estarán compuestas por un miembro de cada grupo político que actuará como vocal. El alcalde, en su calidad de presidente nato de todas las comisiones podrá delegar la presidencia y encomendar la vicepresidencia de la Comisión, a concejales de la oposición.

SESIONES

La Comisión establecerá su propias normas internas de funcionamiento (convocatorias, periodicidad de las sesiones, quórum de constitución y asistencia, comparecencias de corporativos y técnicos municipales, solicitud y remisión de documentación).
Anualmente la Comisión elaborará una memoria de actividades, que se elevará al Pleno, en la que se recogerán los trabajos realizados y se propondrá, en su caso, la adopción de las medidas que se consideren necesarias para mejorar los procedimientos de contratación y el uso racional de los recursos públicos.

DIETAS ASISTENCIA

Los cargos de presidente, vicepresidente y vocales de la podrán ser retribuidos, acogiéndose al régimen de dedicación parcial los primeros y percibiendo dietas los vocales, en los términos del artículo 75.2.3.5 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

NORMATIVA

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.
  • RD. 2588/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
  • Reglamento Orgánico Municipal, de 30 de abril de 2009

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