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Regulación para los vehículos de movilidad personal

El Ayuntamiento define cómo pueden circular y aparcar por aceras y calzada los vehículos tipo patinetes eléctricos, bicicletas o segways.

Regulación para los vehículos de movilidad personal

Los vehículos de movilidad personal (VMP) ya se han convertido ya en una realidad en nuestras calles, además de una solución diferente de transporte.

Permiten desplazarse por la ciudad prácticamente sin contaminar y la nueva ordenanza que normaliza su uso lo regula e incluso lo potencia, y previsiblemente será aprobada de forma definitiva en el próximo Pleno municipal.

Se trata de patinetes eléctricos en los que se va de pie sobre una plataforma de dos ruedas, los denominados ‘segways’ que tienen manillar y también se conducen de pie, o monociclos con pequeño motor.

En la nueva ordenanza también se contemplan motos de tres o cuatro ruedas más anchas que las habituales, que sólo podrán circular por las calzadas. Estos vehículos se clasifican según los tres tipos que define la Dirección General de Tráfico, a tenor de la velocidad que pueden alcanzar y su peso.

VEHÍCULOS TIPO A

Patinetes sin motor, hoverboard. Velocidad máxima 20 km/h. No podrán circular por la calzada excepto en zonas 30 y calles residenciales, o zonas de plataforma única. Se equiparan a «patinadores».

VEHÍCULOS TIPO B

Patinetes eléctricos, segways. Velocidad máxima 30 km/h. Podrán circular por carriles-bici y aceras adecuando su velocidad a la del peatón, y por la calzada en las mismas condiciones que los ciclos. Aparcarán en lugares habilitados, en aceras anchas lo más cercano a la calzada y, preferiblemente, entre alcorques.

VEHÍCULOS TIPO C

Se dividen dependiendo del transporte: C0: no pueden realizar distribución de mercancías, ni viajeros cobrando. C1:podrán transportar viajeros cobrando por ello, pero no mercancías. C2: podrán transportar mercancías cobrando por ello, pero no viajeros. Velocidad máxima 45 km/h. Podrán circular por la calzada en las mismas condiciones que los ciclomotores. Tienen prohibido circular por zonas peatonales y carriles-bici, salvo que cuenten con autorización.

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