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Declaración de la renta en Rivas: citas agotadas

Agotados todos los turnos para la gestión gratuita de la declaración de la renta. Este servicio se puede ahora solicitar en el Colegio de Gestores Administrativos en Madrid.

Declaración de la renta en Rivas: citas agotadas

AVISO: citas previas agotadas. La gestión se puede prestar en el siguiente enlace de la Agencia Tributariao a través del Colegio Oficial de Gestores Administrativos (calle Jacometrezo, 3; Madrid) en el teléfono: 901 44 40 40 de lunes a viernes de 9.00 a 13.00 y de 16.00 a 18.00.

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Por cuarto año consecutivo, el Ayuntamiento pone a disposición de la ciudadanía la campaña Turno de Renta, ofrecida de forma gratuita por el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Madrid (ICOGAM).

Este servicio gratuito se presta entre el jueves 10 de mayo y el martes 26 de junio, ambos inclusive.

Martes y jueves en horario de 9.00 a 14.00 y de 16.00 a 19.00.

También, los viernes de 10.00 a 14.00.

La atención tiene lugar en cuatro puestos simultáneos ubicados en el  edificio de Servicios Administrativos (plaza de laConstitución, 1; planta baja). Profesionales del Colegio de Gestores prestan este servicio.

El sistema sólo funciona con cita previa que ya se puedesolicitar online, también en el 010 o presencialmente en Atención a la Ciudadanía.

La duración aproximada del servicio será de media hora por persona. En en el caso de matrimonios, deben pedir una única cita.

El pasado año, 700 ripenses hicieron de este modo la declaración de la renta.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

– Borrador de la Renta o Datos Fiscales del ejercicio a declarar.

 – Declaración de la Renta del ejercicio anterior (solo en los casos en los que se presentó)

– Documento Nacional de Identidad (original de la persona que acude a la cita) y números de DNI de los miembros de la unidad familiar (incluidos los hijos a partir de 14 años) y descendientes con derecho a deducción (deben ser residentes en España).

– Cuando la declaración de la Renta se haga demaner a conjunta y solo se persone uno de los cónyuges se deberá traer fotocopia DNI del cónyuge no presente y autorización firmada.

– El número de cuenta corriente (20 dígitos) en la que domiciliar la devolución o ingreso (en caso de resultado a ingresar el contribuyente puede decidir abonar el importe directamente en el banco).

– Referencias catastrales de los inmuebles en propiedad o en los que viva en alquiler o en otras circunstancias salvo que ya figuren en el borrador. La referencia catastral la puede encontrar en el recibo del IBI. También se puede obtener por Internet www.sedecatastro.gob.es o llamando al 902 37 36 35.

– Rendimientos de trabajo: certificado emitido por el pagador (empresa), para otros rendimientos de trabajo aportar, si se tiene,documentación justificativa (pensiones, prestaciones desempleo, remuneración de cursos o coloquios, etc.).

– Rendimientos de capital mobiliario: certificados de entidades financieras y de seguro, contratos, recibos de gastos, etc., salvo que figuren en el borrador o los datos fiscales.

– Subvenciones percibidas (vivienda, vehículo¿):justificante de las misma.

– Deducciones: documentos justificativos (por alquiler de vivienda: NIF del arrendador y cantidades pagadas por el alquiler,por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: saldos pendientes de amortizar del préstamo original; donativos, etc.).

REQUISITOS

– Rentas por rendimientos del trabajo inferiores a 65.000 euros.

– Rendimientos del capital mobiliario con el límite de 15.000 euros brutos anuales.

– Imputación de rentas inmobiliarias con origen, como máximo, en dos inmuebles con el límite de un inmueble y/o un contrato de alquiler.

– Tener ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso en cuenta con el límite de dos transmisiones.

– Tener deducción por adquisición de vivienda o por alquiler de vivienda.

– No compensar partidas negativas de años anteriores.

– No debe regularizar situaciones tributarias de declaraciones ya presentadas.

– No realizar actividades económicas o profesionales (personas autónomas).

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